La exoneración del Impuesto Predial para personas adultas mayores se mantiene como uno de los trámites municipales más demandados a lo largo del año. Este beneficio está dirigido a quienes cumplieron 65 años hasta el 31 de diciembre del año anterior a la presentación de la solicitud y busca aliviar la carga económica de este grupo poblacional.
El Municipio de Quito informó que el proceso para acceder a la exoneración puede realizarse por dos vías, dependiendo del año al que corresponda el beneficio solicitado.
Cuando la exoneración se solicita para el año en curso, el trámite se puede gestionar de manera completamente en línea, sin necesidad de acudir de forma presencial. Para ello, las personas interesadas deben contar con un usuario activo en el Portal de Servicios Municipales y tener aprobado el Acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos.
Una vez dentro del portal, el solicitante debe dirigirse a la sección de “Más visitados”, ingresar al portal tributario con sus credenciales y seleccionar la opción “Declaración en línea Adulto Mayor”. El sistema mostrará automáticamente los predios registrados a nombre de la persona solicitante. Durante el proceso, se requiere el registro de datos personales y la declaración de información sobre ingresos y patrimonio, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley del Adulto Mayor. La autoridad municipal recomienda revisar cuidadosamente la información antes de finalizar el trámite, a fin de garantizar que los datos ingresados sean correctos y completos.
Proceso para años anteriores
En el caso de solicitudes correspondientes a años anteriores, el trámite se realiza de forma presencial en los Puntos Únicos de Atención, ubicados en los balcones de servicios del Municipio de Quito. En estos espacios, el personal municipal brinda acompañamiento y orientación para completar el proceso de manera adecuada.
La exoneración del Impuesto Predial puede ser total cuando los ingresos mensuales del solicitante no superan el equivalente a cinco Remuneraciones Básicas Unificadas o cuando su patrimonio no excede las 500 Remuneraciones Básicas Unificadas. Si estos valores son superados, el impuesto se calcula de forma proporcional al excedente.
Para recibir acompañamiento en este u otros trámites municipales, la ciudadanía puede comunicarse a:
- Contact Center 1800 510510
- Quito Bot a través de Telegram
- O informarse mediante las redes sociales oficiales de servicios ciudadanos en la cuenta @sciudadanosuio.




