Representantes de los derechos humanos y de la naturaleza señalaron este jueves que la reciente resolución de la Corte Constitucional (CC) sobre el bosque protector Los Ceibos es crucial y establece la necesidad de una consulta ambiental antes de realizar proyectos extractivos.
«El mundo entero está felicitando al Ecuador por esta sentencia, que avanza la jurisprudencia en cuanto a derechos de la naturaleza», manifestó la presidenta del Comité Ecuatoriano para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (CEDENMA), Natalia Greene.
Lo hizo en una rueda de prensa en la que intervinieron representantes de varias organizaciones que integran la alianza, y en la que, no obstante, advirtió que en el país 541 concesiones mineras «se sobreponen a bosques protectores» y que la resolución judicial debe extenderse al resto de casos, muchos poco conocidos.
SENTENCI
El pasado 1 de diciembre la Corte Constitucional de Ecuador falló a favor del bosque protector Los Cedros, de la naturaleza y las comunidades afectadas por la minería, tras revisar una sentencia de 2019 de la Corte Provincial de Imbabura.
El alto tribunal declaró que las concesiones mineras en este bosque han vulnerado los derechos de la naturaleza, el derecho al agua y a un ambiente sano, y fijó una consulta ambiental como precedente obligatorio que debe ser puesto en práctica por la industria extractiva y tenida en cuenta por el Estado.
El biólogo Juan Manuel Guayasamín mencionó la gran biodiversidad que se encuentra en ese bosque y la «enorme responsabilidad del ministerio del Ambiente en poner en práctica el dictamen».
La resolución judicial es entendida por los expertos y ambientalistas como un precedente histórico, puesto que la Constitución ecuatoriana ya reconocían a la naturaleza como sujeto de derechos, si bien el dictamen menciona de manera novedosa la necesidad de una consulta ambiental de manera amplia, además de la protección del entorno.
Hasta la fecha, las principales resoluciones han girado en torno a la consulta previa e informada a la que tienen derecho las comunidades indígenas antes de cualquier iniciativa prospectiva en sus territorios ancestrales.