Este año, se estableció el primer periodo de veda del cangrejo rojo del 1 de febrero al 2 de marzo.
Mientras dure la veda no se puede capturar, transportar, poseer, procesar ni comercializar de forma interna ni externa cada especie de cangrejo en todo el país.
Se trata de la conocida veda por reproducción del crustáceo, que se estableció en un acuerdo del Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca de diciembre de 2020.
Esa misma fecha se mantuvo en 2021 y 2022. Hasta el momento, no ha sido modificada.
La segunda es la veda por la muda del caparazón, y se dará del 15 de agosto al 15 de septiembre. Su consumo dentro de estas fechas puede provocar daños en el ser humano.
Por otra parte, la veda del cangrejo azul se mantiene entre el 15 de enero hasta el 15 de febrero de cada año. Este periodo no ha cambiado desde que se estableció en 2004.
El incumplimiento de la norma implica una sanción, de acuerdo a lo que determine el artículo 71 de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero de Ecuador.
La multa es “de dos a diez remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general ($950 a $4.500 con el salario básico unificado actual) y prisión de 15 a 60 días, o con una de estas penas solamente”.