Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-041, el Ministerio del Trabajo estableció la doble instancia en todos los trámites administrativos de visto bueno.
Este Acuerdo, emitido el 21 de marzo de 2024, plantea la apelación de los vistos buenos.
“El acuerdo contempla el procedimiento para este trámite a cargo de los inspectores del trabajo en su respectiva jurisdicción, y podrá apelar la resolución ante el Director Regional del Trabajo y Servicio Público de la jurisdicción correspondiente, quien resolverá la apelación en mérito de los autos en el término de diez (10) días”, precisó la cartera de Estado en un comunicado.
Señaló que las disposiciones del acuerdo ministerial son de aplicación obligatoria para los trabajadores y empleadores, tanto del sector privado como del público que se encuentren sujetos al Código del Trabajo.
El documento se compone de cuatro capítulos (generalidades, procedimiento, de la apelación y de la prescripción); cuatro disposiciones generales; una disposición derogatoria y una disposición final.