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Ordenanza prohíbe la circulación de motos con dos o más personas en Quito

El Concejo Metropolitano de Quito aprobó un proyecto de ordenanza que prohíbe que dos o más personas viajen en una motocicleta, como medida para fortalecer la seguridad en la ciudad.

Se trata del Proyecto de Ordenanza Reformatoria del Libro IV.2, “de la movilidad”, del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, a través de la cual se incorpora la regulación sobre el control de la circulación de motocicletas en la capital.

“La prohibición de que vayan dos ocupantes en moto es una norma de ámbito nacional, lo que hemos hecho es agregar temas que permitan el control por parte del municipio”, señaló María Fernanda Racines, vicealcaldesa de Quito.

Esta ordenanza, que recibió 12 votos favorables, contempla excepciones: cónyuges o convivientes, hijos o hermanos del conductor, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, menores de 12 años y servidores públicos en cumplimiento de sus funciones.

Para ello, estas personas deberán presentar los documentos habilitantes, como la cédula de ciudadanía.

Para quienes incumplan la norma, la sanción está determinada por el Código Orgánico Integral Penal, que dispone una multa por infracción del 15% de un salario Básico Unificado (SBU).

El concejal Bernardo Abad, proponente de la Ordenanza recalcó que esta iniciativa ratifica lo dispuesto por la resolución de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), y los controles los realizará la AMT, conjuntamente con las entidades de Policía Nacional y Fuerzas Armadas.

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