El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó este martes, 8 de abril, la denuncia por presunta violencia política de género presentada por el asambleísta del movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), Manuel Peñafiel Falconí, contra la candidata presidencial de la alianza Revolución Ciudadana- Reto, Luisa González.
La denuncia presentada por Peñafiel este viernes, fue conocida al día siguiente por el juez electoral Guillermo Ortega, quien pidió al denunciante completar en dos días la documentación que justifique la solicitud.
Sin embargo, el juez Ortega la archivó este martes al considerar que no se había cumplido con parte de lo requerido.
Peñafiel acusó a González de llamar narcotraficante, durante el debate presidencial, a María Beatriz Moreno, titular de ADN, organización política del actual mandatario aspirante a la reelección Daniel Noboa.
Además, el asambleísta de ADN aseguró que Moreno recibió de González «expresiones denigrantes» basadas en una investigación previa en la «que no se ha comprobado ni se comprobará delito alguno», lo que, dijo, ha afectado «el buen nombre y la honra» de la directora de ADN.
Para el archivo de la denuncia, el juez Ortega señaló que Peñafiel presentó copias simples de los documentos con los que pretendió acreditar su calidad de adherente de ADN, las mismas que «conforme lo ha señalado en reiteradas ocasiones este Tribunal, no constituyen prueba, conforme el inciso segundo del artículo 145 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral».
«Por lo que este juzgador se ve impedido de valorar dichos documentos ya que carecen de eficacia jurídica», añadió.
El magistrado indicó que esta omisión «contraviene un requisito esencial, puesto que, de no acreditarse la calidad invocada, no puede proseguirse con la tramitación de la causa conforme lo exige la normativa electoral».
Pese a que el denunciante presentó otros documentos relacionados con el caso, el magistrado consideró que no se podía analizar el cumplimiento de los demás requisitos, así que archivó la denuncia contra la candidata del movimiento Revolución Ciudadana, liderado por el expresidente Rafael Correa (2007-2017).
El Código de la Democracia de Ecuador establece que los actos de violencia política de género son considerados como infracciones electorales muy graves que se sancionan con multas económicas y con destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.
Esta denuncia se presentó en el marco de la campaña electoral para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en la que Noboa y González se enfrentarán el domingo 13 de abril.