El presidente Daniel Noboa emitió este jueves el Decreto Ejecutivo No. 91 para transferir la propiedad de los puertos y facilidades pesqueras artesanales al Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca. Los bienes estaban bajo control de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.
Esa entidad ahora realizará los trámites ante los registradores de la propiedad para inscribir el título de transferencia. Desde ese momento, el Ministerio asumirá el dominio de los inmuebles, edificaciones, activos y pasivos relacionados.
Con la medida, el ministerio asumirá el dominio de los inmuebles, edificaciones y compromisos legales vinculados, además de encargarse de su administración, operación y seguridad. También deberá implementar un nuevo modelo de gestión en coordinación con entidades de seguridad pública.
Modelo de gestión y responsabilidades
El decreto dispone que el Ministerio ejecute todas las acciones administrativas, financieras y jurídicas necesarias para perfeccionar la transferencia. También deberá administrar, operar, proteger, conservar y restaurar las infraestructuras, aplicando la normativa vigente.
Como ente rector, deberá implementar exenciones de tasas y tarifas en casos determinados por ley. Además, elaborará un modelo de gestión para garantizar la seguridad de usuarios y ciudadanía, en coordinación con las autoridades competentes.
El traspaso deberá concretarse en un plazo máximo de dos meses y el Ministerio de Economía y Finanzas será responsable de la reasignación presupuestaria correspondiente.
Las disposiciones transitorias ordenan coordinar con el Ministerio de Economía y Finanzas la reasignación presupuestaria. La transferencia de dominio deberá completarse en un máximo de dos meses. El decreto deroga cualquier norma contraria y entra en vigencia desde su firma, el 14 de agosto de 2025, en Quito.
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