ECONOMÍA POLÍTICA PORTADA

Acuerdo sobre la jornada laboral suma su primera demanda ante corte constitucional

Otras organizaciones sociales impugnarán ante la Corte Constitucional la herramienta que permite jornadas de hasta 10 horas. El Gobierno defiende la legalidad de la medida.

Unidad Popular presentó una acción de inconstitucionalidad contra los recientes acuerdos del Ministerio de Trabajo. Geovanni Atarihuana, director del partido, calificó la normativa como una “esclavitud moderna” para el sector obrero.

La demanda cuestiona la redistribución de la jornada laboral y la ampliación del horario diario. Según los demandantes, la medida vulnera el Código del Trabajo y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Argumentos de los sectores sociales

El Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y la UGTE se sumarorán también a la impugnación de los Acuerdos Ministeriales 046 y 059. Los gremios denuncian que estas normas precarizan el empleo y eliminan conquistas históricas.

Los sindicatos sostienen que la flexibilización constituye una regresión de derechos fundamentales. Critican especialmente la eliminación de recargos por horas extras dentro de la nueva organización horaria.

Cambios en el pago de horas suplementarias

La normativa establece que la jornada semanal de 40 horas puede distribuirse en días de hasta 10 horas. Sin embargo, según Atarihuanael texto permite turnos especiales que alcanzan las 12 horas diarias.

El artículo 9 de la resolución modifica el pago de recargos del 50% y 100%. Bajo este esquema, el empleador cancelará extras únicamente si el trabajador supera las 40 horas en la semana total.

Postura del Ministerio de Trabajo

El ministro Harold Burbano aseguró que el Gobierno cuenta con los argumentos necesarios para defender el acuerdo. El funcionario solicitó tiempo para evaluar los resultados de la aplicación de esta medida.

Burbano ratificó que el Ministerio comparecerá ante la Corte Constitucional para justificar la flexibilización. Mientras tanto, la expectativa crece sobre la admisión a trámite de estas demandas por parte del tribunal.

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