El Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia negó este martes, 22 de septiembre, la solicitud de suspensión condicional de la pena presentada por el expresidente Lenín Moreno y otros 11 sentenciados por cohecho en el caso Sinohydro. La decisión implica que, por ahora, no podrán acogerse a este mecanismo alternativo para suspender el cumplimiento de las penas impuestas en primera instancia.
Moreno fue sentenciado el pasado 28 de agosto a cinco años de prisión como autor directo del delito de cohecho, dentro del proceso relacionado con pagos indebidos vinculados con la adjudicación y ejecución del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair. En total, la Fiscalía obtuvo sentencia contra 20 personas.
El Tribunal rechazó las solicitudes al considerar que, cuando comenzó el proceso penal, ya se encontraba vigente la reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) de 2021 que excluyó la suspensión condicional de la pena para determinados delitos, entre ellos el cohecho.
La Fiscalía había solicitado durante la audiencia que los pedidos fueran rechazados. El Ministerio Público sostuvo que la reforma anticorrupción del COIP se encontraba vigente al inicio de la instrucción fiscal y que, por tanto, el beneficio no correspondía en este caso.
Las defensas, en cambio, argumentaron que debía aplicarse la normativa vigente cuando ocurrieron los hechos investigados y plantearon el principio de favorabilidad.
Moreno recibió cinco años de prisión
El Tribunal que juzgó el caso resolvió el 28 de agosto condenar a siete procesados como autores directos del cohecho. Entre ellos está Moreno, quien recibió una pena de cinco años de prisión. Otros procesados fueron considerados cómplices y recibieron penas menores.
Según la acusación de la Fiscalía acogida por el Tribunal, entre 2009 y 2018 funcionó una estructura de pagos indebidos relacionada con Coca Codo Sinclair. El Ministerio Público sostuvo durante el proceso que la trama movilizó aproximadamente USD 76,1 millones, equivalentes al 4 % del contrato de construcción de la hidroeléctrica.
En el mismo proceso fueron declarados culpables como cómplices varios familiares del exmandatario, entre ellos su esposa Rocío González, su hija Irina Moreno y sus hermanos Guillermo y Edwin Moreno.
Sentencia todavía puede ser apelada
La negativa a suspender condicionalmente las penas no significa que la sentencia de primera instancia esté ejecutoriada. Los sentenciados todavía pueden presentar los recursos previstos en la legislación, incluida la apelación ante otro tribunal y, posteriormente, de corresponder, un recurso de casación.




