El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) aclaró este sábado que el Formulario de Registro Aduanero (FRA) será obligatorio solo para quienes ingresen o salgan del país con bienes sujetos a declaración.
Entre estos bienes constan dinero en efectivo, instrumentos negociables, metales y piedras preciosas cuyo valor sea igual o superior a USD 10.000 o su equivalente en otras monedas.
Esta decisión se basa en lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, tras un análisis jurídico.
Trámite en línea inicia el 29 de julio
Desde el 29 de julio, los viajeros deberán completar el formulario en línea. De manera excepcional, también podrán entregarlo en formato físico.
“El uso del FRA responde a una obligación legal y busca mayor control en el ingreso y salida de bienes del país”, informó la Aduana.
El formulario está disponible en el portal oficial: www.aduana.gob.ec/servicio-al-ciudadano/viajeros-por-via-aerea.




