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CIDH amplía medidas cautelares de Glas y pide que exvicepresidente sea trasladado “inmediatamente” de La Roca

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) amplió las medidas cautelares del exvicepresidente Jorge Glas y pidió que éste sea trasladado “inmediatamente” de la cárcel de máxima seguridad La Roca, donde se encuentra detenido desde abril de 2024.

La decisión de la CIDH quedó registrada en la  Resolución de Seguimiento y Ampliación No. 13/2025, adoptada luego de la visita de ese organismo a La Roca, el 28 de octubre de 2024, liderada por el comisionado Stuardo Ralón, relator para Ecuador y sobre personas privadas de libertad y combate a la tortura de la CIDH.

En ese momento, la delegación se reunió con Glas y conautoridades del Estado ecuatoriano.

En la Resolución se indica que la CIDH analizó la situación de riesgo de Glas, tras su apresamiento en abril de 2024 y advirtió que su salud mental atraviesa por un estado de especial gravedad, pese a las atenciones médicas brindadas por el Estado.

«Sus condiciones de detención, como los eventos de violencia que se han presentado en el centro penitenciario donde se encuentra actualmente, impactarían en el deterioro de su salud mental e integridad física», señala el documento.

https://twitter.com/CIDH/status/1889441189981454759

Sobre el traslado de Glas de La Roca, la CIDH exigió que las condiciones de detención, ya sea que estas ocurran en un centro de detención o bien en un centro hospitalario si el beneficiario se encuentre recibiendo tratamiento hospitalario, «deben ser compatibles con los estándares internacionales».

En este sentido, la CIDH pidió:

  • Que el nuevo centro de detención tenga como mínimo las siguientes características y condiciones de detención:
  • Una celda adaptada sin objetos que puedan usarse para autolesionarse.
  • Espacios iluminados, ventilados, limpios y no sobrepoblados, con acceso a servicios básicos.
  • Personal capacitado con formación especializada en salud mental, detección de riesgo suicida y primeros auxilios psicológicos.
  • Evitar condiciones de aislamiento extremo, permitiendo interacciones sociales seguras.
  • Acceso a redes de apoyo, visitas familiares, contacto con abogados y asistencia religiosa si la desea. Todo en espacios de privacidad.
  • Permitir el acceso a mecanismos de supervisión independientes, y organizaciones externas institucionales debidamente acreditadas y especializadas para supervisar las condiciones de detención.
  • Llevar bitácoras de las acciones tomadas para la protección del beneficiario, que sean accesibles y transparentes.
  • Asegurar protocolos de intervención claros para responder a emergencias en situaciones de riesgo a la vida e integridad y de atención a personas con intención y/o intentos suicidas.
  • Garantizar el flujo de entrega de información médica del beneficiario de manera oportuna y periódica y las visitas y participación de los médicos de confianza del beneficiario.
  • Garantizar tratamientos específicos para el señor Jorge David Glas Espinel incluyendo terapias y medicación. En caso de discrepancia de opinión por parte de los médicos de confianza del beneficiario, dichas discrepancias deberán ser conocidas y resueltas por la Mesa Técnica Independiente.
  • Acceso a la atención de psicólogos, psiquiatras y trabajadores sociales que deben estar disponibles para poder dar cumplimiento al tratamiento médico trazado.
  • Monitoreo constante de la salud y condiciones de detención del beneficiario mediante supervisión ininterrumpida por personal capacitado, el cual debe quedar documentado en un mecanismo de registro transparente.

Glas estuvo en la Embajada de México en Quito desde diciembre de 2023 hasta el 5 de abril de 2024, día en que uniformados allanaron la legación diplomática para capturarlo por orden del presidente Daniel Noboa.

El pasado 6 de agosto, el Gobierno Nacional reiteró su posición de que “no es lícita” la concesión de asilo diplomático a Glas y que no le otorgará un salvoconducto para que salga del país.

La defensa del exvicemandatario ha presentado diversos recursos ante la justicia que han sido rechazados, aun cuando alegan que no ha recibido atención médica adecuada para sus dolencias físicas y psicológicas e incluso intentó suicidarse.

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