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Comisión aprueba informe para primer debate de la Ley de Transparencia Social

Con ocho votos a favor, la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley de Transparencia Social, una iniciativa tramitada con carácter económico urgente por el Ejecutivo.

La sesión, liderada por la oficialista Valentina Centeno (ADN), se instaló a las 22:20 del miércoles, 13 de agosto de 2025.

El proyecto, impulsado por el presidente Daniel Noboa, es la cuarta propuesta económica urgente enviada al Parlamento y busca regular, clasificar y transparentar el funcionamiento de las organizaciones sociales sin fines de lucro que operan en el país.

El documento aprobado contiene 16 artículos, 6 disposiciones generales, 4 transitorias, 4 reformatorias y 3 disposiciones finales.

Uno de los artículos clave es el artículo 4, que asigna a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria la facultad de vigilar, auditar, intervenir y supervisar a las organizaciones sin fines de lucro. A esto se suma el artículo 5, que introduce criterios para clasificar a estas organizaciones según su nivel de riesgo, bajo, medio o alto, con base en factores como el volumen de recursos administrados, el origen de los fondos, el alcance territorial y el impacto social declarado.

El artículo 7 establece que todas las organizaciones sociales deberán actuar con transparencia en el uso de sus fondos y actividades, además de registrarse obligatoriamente en el nuevo Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro.

El informe también incluye disposiciones que buscan evitar abusos del Estado. La primera disposición general señala que las medidas de control no podrán usarse como herramientas de persecución política ni como mecanismos arbitrarios que limiten la libertad de asociación.

En materia financiera

La cuarta disposición transitoria ordena que los fondos congelados o inmovilizados por procesos relacionados con lavado de activos, terrorismo o fraude, antes de la entrada en vigencia de la ley, sean transferidos al Estado en un plazo máximo de 30 días.

Adicionalmente, la tercera disposición final plantea una reforma al artículo 39.2 de la Ley de Régimen Tributario Interno, relacionada con el impuesto a la renta único (IRU). Esta disposición establece condiciones para la devolución y compensación de rentas generadas por actividades sujetas al IRU, con una tasa del 12 % sobre los dividendos distribuidos.

Con el informe aprobado, el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, deberá convocar al Pleno legislativo para dar paso al primer debate de este proyecto de ley, que busca mayor transparencia en el sector social sin ánimo de lucro.

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