El Concejo Metropolitano de Quito aprobó una resolución con 16 votos a favor y seis concejales ausentes en la que rechazó de manera categórica la decisión de la Asamblea Nacional de iniciar un proceso integral de fiscalización sobre las actuaciones del alcalde Pabel Muñoz y de las autoridades de las empresas públicas metropolitanas, relacionadas con la adquisición de 60 trolebuses eléctricos.
La resolución del organismo municipal respondió a la iniciativa del Legislativo, que días atrás aprobó un pronunciamiento para fiscalizar los procesos de contratación y la gestión administrativa vinculados a dicha compra.
En ese documento, la Asamblea dispuso que la Secretaría General remita la resolución al Concejo Metropolitano, al alcalde de Quito y a la Contraloría General del Estado, y sostuvo que su actuación se enmarca en las facultades de fiscalización y control político de la Función Legislativa, sin constituir una intromisión en competencias de otras funciones del Estado.
El Concejo Metropolitano, sin embargo, consideró que la actuación de la Asamblea constituye una extralimitación de funciones y una vulneración directa al principio constitucional de autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
Según el pronunciamiento, la Constitución reconoce a los GAD como entidades con autonomía política, administrativa y financiera, amparadas en los artículos 238 y 240, y establece que no forman parte de la estructura del poder central ni de las funciones del Estado.
En ese contexto, el Concejo sostuvo que ni el alcalde de Quito ni las empresas públicas metropolitanas están sujetos al control político de la Asamblea Nacional. Argumentó que la facultad de fiscalización prevista en el artículo 120 numeral 9 de la Constitución se limita exclusivamente a las funciones del Estado y a los órganos del poder público, sin extenderse a los gobiernos autónomos descentralizados ni a sus autoridades.
El organismo municipal también recalcó que el control de la legalidad y del uso de recursos públicos en los procesos de contratación corresponde de manera exclusiva a la Contraloría General del Estado, como órgano técnico de control externo, y no al control político del Legislativo.
En su pronunciamiento, cuestionó además que la Asamblea afirme que no existe intromisión en competencias de otras funciones del Estado, cuando, a su criterio, sí se interfiere en atribuciones exclusivas del régimen autónomo municipal.
Incluso, la resolución del Concejo señaló que la fiscalización anunciada podría responder a un intento de desviar la atención de la falta de control político al Gobierno Central en casos como Progen, ATM y HealthBird, en los que se investigan presuntas irregularidades en contratos estatales.
Como parte de las decisiones adoptadas, el Concejo Metropolitano ratificó que es el único órgano competente para fiscalizar política y administrativamente al alcalde de Quito y dispuso que la Procuraduría Metropolitana solicite a la Corte Constitucional la revisión de la constitucionalidad de la resolución aprobada por la Asamblea Nacional.
El objetivo, según el organismo municipal, es sentar un precedente constitucional que delimite con claridad las competencias de fiscalización y evite futuras injerencias del Legislativo en la gestión de los gobiernos autónomos descentralizados.




