La Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucionales los decretos ejecutivos 500 y 505 con los que el presidente Daniel Noboa se acogió a una ausencia temporal por “fuerza mayor” para hacer campaña política.
La sentencia, que tuvo ocho votos a favor, se resolvió el 23 de enero de 2025, pero la Corte dio a conocer su decisión este lunes, 3 de febrero de 2025.
La Corte concluyó que la figura del encargo de la Presidencia de la República mediante un Decreto Ejecutivo es incompatible con el artículo 146 de la Constitución.
En el Decreto Ejecutivo 500, suscrito el 7 de enero, el presidente Daniel Noboa dispuso el encargo de la Presidencia de la República a la economista Cynthia Natalie Gellibert Mora, vicepresidenta constitucional de la República por efecto del artículo 150 de la Constitución de la República del Ecuador, desde las 17:00 del jueves, 9 de enero de 2025, hasta las 16:59 del domingo, 12 de enero de 2025.
En dicho Decreto, Noboa explicó que la razón es la ausencia temporal del presidente de la República “por la circunstancia de fuerza mayor expuesta en la parte considerativa de este Decreto Ejecutivo”. Este decreto fue derogado el 12 de enero.
En tanto, el Decreto Ejecutivo 505 fue suscrito el 16 de enero. En esa ocasión, Noboa encargó la Presidencia a Gellibert, desde las 18:00 de ese día hasta las 22:00 del 19 de enero, cuando participó en el debate presidencial.
El mismo 16 de enero, Verónica Abad presentó la acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 1 del 505.
La tarde de este lunes, la defensa de Abad recibió la notificación de la sentencia con la que la Corte Constitucional.
“Acabamos de ser notificados con la sentencia de la Corte Constitucional que declara la inconstitucionalidad del Decreto 500 y 505”, señaló Damián Armijos, quien forma parte del equipo jurídico de Abad.