La Corte Constitucional declaró que Josué (14), Ismael (15), Steven (11) y Nehemías (15) fueron víctimas de desaparición forzada. Por unanimidad, los 9 jueces aceptaron la acción extraordinaria de protección, declararon la vulneración del debido proceso en la garantía de motivación y restituyeron la acción de Habeas Corpus que había sido concedida inicialmente por una jueza el 31 de diciembre de 2024, y que fue revocada el 19 de mayo de 2025 por la sala penal de la Corte de Justicia de Guayas.
El tribunal concluyó que los menores de Las Malvinas, en el sur de Guayaquil, fueron privados de su libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares durante operativos de seguridad en diciembre de 2024. La sentencia subraya que el Estado falló en proporcionar información inmediata y veraz sobre el paradero de los niños, incurriendo en una grave violación a los derechos humanos.
En su sentencia, la Corte recordó que, “en contextos de seguridad o de estados de excepción, los derechos a la vida y a la integridad personal no pueden suspenderse. En ese sentido, enfatizó que las actuaciones de los agentes estatales deben desarrollarse con estricto respeto a la Constitución y a los derechos constitucionales; especialmente cuando involucran a niñas, niños y adolescentes”.
Responsabilidad estatal y falta de motivación judicial

La Corte aceptó la acción extraordinaria de protección al detectar que la sala penal del Guayas, al revocar el Hábeas Corpus original en mayo de 2025, vulneró el debido proceso. Según el fallo, los jueces anteriores no realizaron un análisis integral de la detención ni respondieron a las pretensiones de las familias, ignorando la protección reforzada que el Estado debe garantizar a niñas, niños y adolescentes.
El documento enfatiza que, incluso bajo estados de excepción o contextos de inseguridad, los derechos a la vida y la integridad personal son infranqueables. “Las fuerzas del orden no pueden actuar al margen de la Constitución”, señala el dictamen.
Medidas de reparación e indemnizaciones

La sentencia, que tiene carácter inapelable, establece una serie de medidas de reparación integral para los familiares de las víctimas:
- Compensación económica: El Ministerio de Defensa deberá pagar USD 10.000 a los padres de cada niño y USD 5.000 adicionales por núcleo familiar.
- Disculpas Públicas: El Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, admitiendo que el Estado arrebató la libertad y la vida a cuatro niños afrodescendientes en absoluta indefensión.
- Acciones institucionales: Se dispone la intervención de la Fiscalía, la Asamblea Nacional, la Policía Nacional y varios ministerios (Salud, Educación, Interior) para garantizar que los hechos no queden en la impunidad y se brinde apoyo integral a los afectados.




