Según Ximena Cabrera, delegada de la Defensoría del Pueblo, 22 mujeres interrumpieron su embarazo a causa de una violación. Esa cifra cuenta desde el pasado abril de 2021 cuando la Corte Constitucional emitió el dictamen que ordena despenalizar el aborto por violación. Sin embargo, Cabrera alertó que, de esa cifra, más del 50% fueron a niñas menores de 14 años.
En esa misma línea, la delegada asumió que la ley no puede exigir una denuncia para que las mujeres violentadas sexualmente accedan a la interrupción del embarazo. Así mismo, explicó que, en el país, existe una cultura de normalización a la violación debido a que la mayoría de casos ocurren en los círculos cercanos. “A veces se justifican como acciones afectivas y al quedar embarazadas no conocen el tiempo gestacional”, aclaró.
Frente a esa última declaración, también enfatizó que la ley no debe establecer el tiempo de embarazo máximo para acceder al aborto. Así, dijo que en la mayoría de casos, la violencia es sistemática que la niña no logra reconocer el tiempo de embarazo. Además, lamentó que de todos los casos que se denuncian, tan solo el 1% llega a una audiencia. Incluso, en algunos casos las familias las expulsan de sus casas por lo que existe el miedo a denunciar. “Se consolida un silencio que justifica los índices de violación. El tema de requisitos podría ser una barrera”, aclaró.
Una deuda del Estado
Según la delegada, las cifras de violencia sexual demuestran que en Ecuador no existe una política pública de prevención. Además, tras el dictamen de la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo realizó un arduo análisis de la sentencia como los requisitos que debe presentar la gestante para acceder a la interrupción del embarazo y la objeción de conciencia.
En esa línea, la Defensoría recibió más de 600 posturas desde la sociedad civil, juristas y defensores de Derechos Humanos. Posteriormente, realizaron talleres de participación. Finalmente, la conclusión a la que llegaron es que en temporalidad, la ley no debe regular.