El presidente Daniel Noboa objetó de manera parcial, por inconveniencia, el Proyecto de Ley Orgánica de Primera Infancia.
Este proyecto de ley fue discutido y aprobado por la Asamblea Nacional en segundo debate el 18 de marzo de 2025.
Esta normativa tiene como objetivo establecer políticas públicas, planes, programas y proyectos que beneficien a niños y niñas menores de seis años, garantizando su desarrollo y protección integral.
Además, busca asegurar el acceso universal a servicios de salud, nutrición, educación y protección social para la primera infancia.
Noboa presentó objeciones parciales a los artículos 5, 6, 8, 10, 12, 14, 24, 29 y 31; así como a las disposiciones generales primera y segunda, y a las disposiciones transitorias primera y segunda.
De acuerdo con el veto presidencial, debe establecerse con claridad que los instrumentos internacionales deben ser los que sean vinculantes para el Estado ecuatoriano.
Además, el veto del Ejecutivo menciona que, se hace referencia a la frase: “Derecho a la supervivencia y el desarrollo (…)”, cuando el término “supervivencia” implica las condiciones mínimas para que un ser se mantenga con vida (sobrevivir) pese a condiciones adversas, término que generalmente es utilizado en situaciones extremas como supervivencia a desastres naturales.
Mientras, se establece que: “(…) Además, las niñas y niños de la primera infancia no serán discriminados por ninguna circunstancia incluyendo condiciones de estado civil o condición migratoria que pudiera afectar a sus progenitores u otros cuidadores”; al respecto, con la finalidad de reforzar los derechos de no discriminación consagrados en la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 6 del Código de la Niñez y Adolescencia, se considera importante incluir la frase “fundada en su origen, identidad étnica o cultural, nacionalidad, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión”.
Primera-Infacia-oficio_-_0117-signedLey de Servicio Cívico Militar Voluntario
Asimismo, el mandatario objetó de forma total la Ley de Servicio Cívico Militar Voluntario, Reservas e Identificación Militar.
El Ejecutivo argumentó que las disposiciones aprobadas por el Legislativo afectarían el régimen de administración del personal de las Fuerzas Armadas.
Según la objeción, el texto podría interpretarse como la creación de un subsistema ambiguo para el manejo del personal en servicio cívico militar voluntario y del personal de reserva.
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