Por: Felipe Pesantez
Con 77 votos de respaldo, la administración Noboa se anota una victoria legislativa más en su repertorio de leyes de «carácter económico urgente», un mecanismo que se ha vuelto la norma desde el inicio del Conflicto Armado Interno. Sin embargo, la aprobación de la Ley de Inteligencia Nacional trasciende la rutina legislativa habitual: marca un punto de inflexión en la política ecuatoriana cuyas implicaciones la mayoría de ciudadanos aún no dimensiona completamente.
Esta norma, más allá de su redacción técnica y las buenas intenciones declaradas por sus promotores, inaugura una nueva etapa en el conflicto interno que eleva la confrontación a un nivel superior dentro de la estrategia gubernamental de «combate frontal a la violencia». Su verdadero alcance se comprende cuando analizamos tanto sus objetivos manifiestos como sus potenciales consecuencias no declaradas.
Un aparato de inteligencia sin precedentes
La ley establece un sistema de recopilación de información e inteligencia destinado a asesorar al gobierno y anticipar amenazas contra la seguridad del Estado. Su característica más preocupante radica en su obligatoriedad: todas las entidades públicas, estatales y, crucialmente, personas naturales y jurídicas del sector privado quedan sujetas a sus disposiciones.
El nuevo entramado contempla siete subsistemas de inteligencia y contrainteligencia: Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Análisis Financiero y Económico, Casa Militar Presidencial, Tributaria, Aduanera y Penitenciaria. Todos convergen bajo la autoridad del Jefe de Inteligencia Nacional, una figura que podría acumular un poder equiparable o superior al del propio Presidente de la República.
El enemigo interno: una definición peligrosamente amplia
El núcleo conceptual de esta legislación es la protección de la Seguridad Nacional contra «todo enemigo interno». Esta definición, aparentemente clara, esconde una peligrosa ambigüedad. Si bien inicialmente apunta a los Grupos de Delincuencia Organizada, carteles de drogas y operadores de minería ilegal, la redacción permite una interpretación extensiva que incluye a cualquier individuo o colectivo que se oponga a las políticas gubernamentales o cuestione la administración pública.
En un sistema político que concentra votos y escaños en el partido oficialista, caracterizado por alta polarización y un ambiente de inseguridad generalizada, cualquier postura crítica puede ser tergiversada y sobre-politizada como amenaza a la seguridad nacional. Esta dinámica transforma la oposición legítima en sospecha de traición e incluso una cacería dentro de las filas del oficialismo.
Derechos fundamentales en la cuerda floja
La aspiración de contar con una central de inteligencia al estilo CIA estadounidense o PDI chilena resulta seductora en papel, pero su implementación en el contexto ecuatoriano plantea interrogantes críticos sobre los límites del poder estatal. ¿Hasta dónde puede el Estado inmiscuirse en la intimidad personal, la protección de datos, la libertad de expresión y el debido proceso? ¿Cuáles son los límites reales entre lo público y lo privado, entre lo lícito y lo sospechoso?
La ley presenta deficiencias estructurales alarmantes: carece de mecanismos robustos de supervisión y rendición de cuentas, no establece contrapesos efectivos al Sistema de Inteligencia Nacional, y otorga facultades susceptibles de interpretación discrecional según la conveniencia del gobierno de turno. Más grave aún, autoriza el escrutinio judicial sin orden judicial previa, lo que vulnera principios fundamentales del Estado de derecho.
El efecto inhibidor: autocensura como consecuencia
Una de las consecuencias más preocupantes será el «efecto inhibidor» sobre la opinión pública y la libertad de expresión. Cuando los ciudadanos perciben que sus posturas pueden ser catalogadas como amenazas a la Seguridad Nacional, surge inevitablemente la autocensura. Este fenómeno no solo empobrece el debate democrático, sino que debilita los cimientos mismos de la participación ciudadana.
Los riesgos de excesos y vulneraciones durante el Conflicto Armado Interno son evidentes. La historia latinoamericana está plagada de ejemplos donde aparatos de inteligencia, creados bajo el pretexto de la seguridad nacional, terminaron siendo instrumentos de represión política y violación sistemática de derechos humanos.
El dilema democrático ecuatoriano
¿Es esta ley, que promete pasar por encima de otras normas para garantizar la seguridad estatal, lo que realmente necesitan los ecuatorianos? El Informe Latinobarómetro 2024 ofrece una respuesta inquietante: el 54% de ecuatorianos considera aceptable que un presidente actúe por encima de la constitución, las leyes y las instituciones democráticas para resolver problemas urgentes.
Esta cifra revela una sociedad dispuesta a intercambiar libertades por seguridad, un trade-off peligroso que históricamente ha demostrado ser una pendiente resbaladiza hacia el autoritarismo. La pregunta fundamental que surge es si los ecuatorianos comprenden verdaderamente las implicaciones de esta cesión de libertades.
La Asamblea Nacional ha tomado una decisión trascendental que trasciende la coyuntura política actual. Al aprobar esta ley, no solo ha respondido a una crisis de seguridad inmediata, sino que ha redefinido los términos del contrato social ecuatoriano. Queda por ver si esta apuesta por la seguridad a costa de las libertades civiles traerá los resultados prometidos o si, por el contrario, habrá sembrado las semillas de futuros abusos que la democracia ecuatoriana lamentará en el mediano plazo.