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Indulto con “efecto diferido” dentro de Ley de Solidaridad Nacional

La figura del “indulto con efecto diferido” aparece en la Ley de Solidaridad Nacional que aprobó el Parlamento este sábado, 7 de junio, para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto armado interno.

El indulto respalda a policías y militares que enfrenten procesos judiciales por su accionar en favor de combatir al crimen organizado durante el conflicto armado interno.

Con esta normativa, el presidente de la República podrá anunciar el indulto y este tendrá un efecto procesal. Se aplicará a partir de que exista una sentencia y no se podrá dictar prisión preventiva al policía o al militar que está siendo juzgado como una medida de garantía.

Esta figura de indulto consta en el artículo 14 del proyecto y dice lo siguiente:

“Indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno.- En el contexto del conflicto armado interno reconocido mediante decreto ejecutivo conforme lo establecido en esta ley, el presidente de la República podrá indultar con efecto diferido, por razones humanitarias o de interés público excepcional, a personas procesadas penalmente por hechos relacionados directamente con dicho conflicto”.

Este indulto podrá ser otorgado dentro de la fase de investigación previa o en cualquier etapa procesal posterior antes de la sentencia.

Debido al indulto con efecto diferido, se suspenderá la prisión preventiva y entrará a regir una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada.

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