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Judicatura destituye a jueces que ordenaron libertad de hermanos Álvarez en Caso Goleada

Judicatura destituye a jueces que ordenaron libertad de hermanos Álvarez en Caso Goleada

Silvana Velasco, Byron Uzcátegui y Wilmer Chóez fueron sancionados por error inexcusable. La Corte Nacional de Justicia determinó que los magistrados excedieron sus competencias al analizar aspectos de fondo del proceso penal durante una audiencia de apelación a la prisión preventiva.

El Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió destituir a tres jueces de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha por incurrir en “error inexcusable”. La falta se habría cometido al revocar la prisión preventiva del alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, sus hermanos Antonio y Xavier, y otros procesados dentro de la investigación del caso Goleada.

Los magistrados sancionados son Silvana Lorena Velasco Velasco, Byron Leonardo Uzcátegui Arregui y Wilmer Fabricio Chóez Avilés, quienes integraban la Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado.

La decisión se fundamenta en una declaratoria jurisdiccional previa de la Corte Nacional de Justicia, que concluyó que los jueces excedieron el alcance de sus atribuciones al resolver una apelación contra la prisión preventiva.

Según el informe, la infracción no consistió en revocar la medida cautelar, sino en realizar valoraciones sobre la existencia del delito y la responsabilidad de los procesados en una etapa en la que no correspondía efectuar ese análisis.

Antes de la votación, el vocal Damián Larco sostuvo que la Judicatura tiene prohibido revisar el contenido de las sentencias. Explicó que la sanción administrativa responde a una declaración de error inexcusable de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia. Según Larco, los jueces excedieron sus competencias al resolver la apelación de la prisión preventiva.

¿Qué hicieron los jueces en el caso Goleada?

El 2 de abril de 2026, los tres magistrados resolvieron un recurso de apelación dentro de la causa penal relacionada con una investigación por presunta delincuencia organizada.

En esa diligencia, el tribunal decidió revocar la prisión preventiva de varios procesados, entre ellos los hermanos Álvarez, y sustituirla por medidas alternativas.

Sin embargo, la resolución fue posteriormente cuestionada. De acuerdo con la declaratoria jurisdiccional, los magistrados realizaron valoraciones sobre la tipicidad de la conducta investigada, la existencia del delito y la presunta estructura criminal.

También analizaron la suficiencia de la imputación presentada por la Fiscalía, aspectos que corresponden a otras etapas del proceso penal. La Corte Nacional consideró que esta actuación desnaturalizó la audiencia de apelación y afectó la estructura procesal.

Corte Nacional declaró error inexcusable por mayoría

El 8 de junio de 2026, la Corte Nacional de Justicia emitió la declaratoria jurisdiccional previa que permitió iniciar el procedimiento disciplinario contra los tres jueces. La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de los conjueces Manuel Cabrera Esquivel y Julio Inga Yanza, mientras que Javier de la Cadena Correa emitió un voto salvado.

El pronunciamiento estableció que los magistrados excedieron el objeto del recurso de apelación al efectuar un análisis sustantivo sobre la investigación penal.

En particular, la Corte cuestionó que se exigieran elementos probatorios definitivos y se valoraran aspectos relacionados con la configuración del delito en una fase destinada a revisar una medida cautelar.

La declaratoria precisó que el error inexcusable no se configuró por haber concedido la libertad a los procesados, sino por la fundamentación y el alcance de la resolución judicial.

Judicatura acogió informe que recomendaba la destitución

Como parte del expediente disciplinario, el Consejo de la Judicatura analizó un informe motivado emitido el 8 de septiembre de 2026 por Gisela de Lourdes Ibujés Chamorro, entonces directora provincial de Pichincha de la institución en el ámbito disciplinario.

El documento recomendó declarar responsables a los tres magistrados por haber incurrido en error inexcusable durante sus actuaciones como integrantes de la sala especializada.

Tras examinar los antecedentes y la declaratoria de la Corte Nacional, el Pleno resolvió aplicar la sanción de destitución a Silvana Velasco, Byron Uzcátegui y Wilmer Chóez.

La medida constituye una sanción administrativa contra los funcionarios judiciales y no representa una sentencia sobre la responsabilidad penal de los investigados en el caso Goleada.

Caso Goleada continúa en etapa preparatoria de juicio

La decisión disciplinaria se conoce mientras el caso Goleada continúa su trámite en la justicia ecuatoriana. Este martes 27 de octubre, la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por presunto lavado de activos contra 17 personas naturales y nueve jurídicas fue declarada fallida por la inasistencia de uno de los abogados defensores.

La diligencia fue reprogramada para el 4 de noviembre de 2026, a las 09:00. El juez dispuso que, ante una nueva ausencia de algún defensor particular, intervenga la Defensoría Pública para garantizar el derecho a la defensa de los procesados.

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