Para la abogada feminista Anabel Guerrero, sobre los plazos para acceder al aborto, existe una restricción que limita a las mujeres y niñas víctimas de violación. Así, enfatizó que desde el movimiento de mujeres demandan que el presidente Guillermo Lasso no vete ni total ni parcialmente el proyecto de ley, “lo pedimos porque hay un compromiso del presidente para respetar el estado constitucional de derechos y estado laico”, resaltó.
En esa línea, dijo que desde el movimiento feminista “estamos molestas frente a lo que se dio en la Asamblea Nacional sobre nuestros derechos, pero consideramos necesario que exista este marco regulatorio que, de no darse, estamos a expensas de un gobierno conservador”.
En ello no coincidió el jurista Fernando Rosero quien, a su parecer, el presidente debe vetar totalmente el proyecto, “no por principios ni subjetividad. Lo que ha hecho la Asamblea es un abuso. La Asamblea Nacional no cumplió con lo que dispuso la Corte Constitucional, se excedió en la sentencia”, criticó. Así mismo, alertó que el Legislativo se extendió fuera de los marcos de la sentencia.
Por ese motivo, el abogado recordó que el Ejecutivo tiene la facultad de vetar los proyectos de ley. Incluso la Ley Orgánica de la Función Legislativa le otorga esa atribución. “Quien tenía la obligación de hacer el proyecto era el defensor, la Asamblea Nacional tenía seis meses para aprobarla y no cumplió, se excedió del plazo”, rememoró.
Corte Constitucional
Con ello, reiteró que la sentencia de la Corte Constitucional no obliga al Ejecutivo a aprobar dicha norma. “La Asamblea Nacional no cumplió la disposición de la Corte Constitucional, se excedió en los diálogos y decepcionó a todo el mundo. Este proyecto no recoge el espíritu de la sentencia”.
Para Rosero, previo a practicar un aborto, la víctima debe presentar una denuncia que demuestre que fue violentada sexualmente. Caso contrario dijo que las personas miembro del movimiento feminista “encontraron la puerta y metieron todas las formas posibles para que se dé el aborto sin distinción”.
Ese criterio rechazó la abogada Guerrero quien señaló que la Ley se rige a favor de la víctima y no establece disposiciones en el ámbito penal, pues para sancionar al agresor se encuentra el Código Orgánico Integral Penal. “Hablamos de víctimas. Exigirle a una niña que ha vivido algo atroz como una violación, que ponga una denuncia, es poner barreras. Las mujeres no mentimos, las mujeres no buscamos un aborto”, increpó.