El presidente Daniel Noboa emitió este martes, 18 de marzo, el decreto ejecutivo 565 con el cual ratificó al Dólar estadounidense como «unidad monetaria y único medio de pago oficial en Ecuador».
En el documento, Noboa también instó a la bancada legislativa de ADN a proponer en la Asamblea Nacional un trámite de reforma al artículo 303 de la Constitución de la República, para fijar que la política monetaria sea facultad exclusiva del Ejecutivo a través del Banco Central, y que todas las operaciones monetarias sean expresadas en dólares estadounidenses.
Previo a la emisión del decreto, el mandatario se refirió a esa decisión en una entrevista para W Radio, en Cuenca, y aseguró que tiene el objetivo de la medida es fortalecer la dolarización en el país.
“Ahora se habla de ecuadólares, de moneda electrónica, de dolarización a la ecuatoriana, y ¿qué es lo que buscan hacer? En este caso los opositores buscan tener una medida de pago alternativa para los proveedores del Estado, a gente que les debe plata, les da con esta moneda electrónica, para sueldos y para seguir alimentando un gasto insostenible», dijo.
El artículo 303 de la Constitución se refiere a que:
- La formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco Central.
- La ley regulará la circulación de la moneda con poder liberatorio en el territorio ecuatoriano.
- La ejecución de la política crediticia y financiera también se ejercerá a través de la banca pública.
- El Banco Central es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y funcionamiento será establecido por la ley.
Según el Decreto 565, Noboa propone que, a través de una reforma legislativa, se añadan los siguientes textos a ese artículo:
- «Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América».
- «El Banco Central del Ecuador no podrá emitir otro tipo de moneda o moneda paralela distinta al dólar».