En un comunicado difundido en X, la presidencia de la Asamblea Nacional advirtió que el Consejo Nacional Electoral (CNE) “no tiene competencia» para autorizar ninguna licencia o actividad de campaña de un servidor público en funciones, pues podría configurar una “arrogación de funciones”.
Esto, luego de que el presidente Daniel Noboa, candidato a la reelección por el movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), notificara al CNE para participar en actividades de campaña, sin pedir licencia al Parlamento.
Al respecto, la presidencia del Legislativo aseguró que lo que le compete al CNE es “correr traslado a la Asamblea para que sea el Pleno quien dé el trámite correspondiente a su solicitud”.
En el oficio enviado al CNE el miércoles, Noboa aclaró que realizaría proselitismo “sin utilizar recursos públicos de ninguna índole” y consideró que se encuentra «imposibilitado» de pedir licencia del cargo para hacer campaña electoral, al argumentar que su nueva postulación no debe computarse como reelección y que no puede depender de que el Parlamento le dé permiso para pedir el voto.
En este sentido, la presidencia del Legislativo alegó que “el temor del presidente es absolutamente infundado” y expuso que “el artículo 146 de la Constitución establece claramente que la Asamblea Nacional es la única competente para otorgar licencia al presidente de la República, en concordancia con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL)”.
El comunicado advirtió que las acciones de proselitismo político realizadas por el presidente Noboa el 26 de marzo de 2025, y durante el resto de la campaña electoral, sin contar con la licencia aprobada por la Asamblea, “podrían constituir una grave violación de la normativa electoral vigente”.
