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Raza: En la Constitución no existe una causal para destituir al presidente por violación a la ley

De acuerdo con el constitucionalista Stalin Raza, aunque el presidente Guillermo Lasso hubiese violentado la Ley del Pacto Ético, la Asamblea no podría destituirlo debido a que no existe ninguna causal al respecto en la Constitución de la República.

Según Raza, la Asamblea no cumplió con el proceso al respecto. Así, ratificó que la entidad encargada de iniciar la investigación era la Contraloría General del Estado (CGE). En efecto, la institución lleva adelante un examen especial para investigar si el presidente mantuvo bienes en paraísos fiscales cuando ya estaba impedido de tenerlos.

Si la CGE determinase que sí existió un incumplimiento a la ley, remitirá el informe a la Corte Constitucional (CC) para que determine el cumplimiento al debido proceso. De observarse el debido cumplimiento, remitirá a la Asamblea Nacional para que analice si existen causales de juicio político y de destitución.

En ese punto, para Raza, la Asamblea se encontrará con que no existe, constitucionalmente, la causal de destitución del presidente por violación a la ley. Un tema que existía en la Constitución ecuatoriana de 1998.

El proceso en la CGE

Raza explicó que la CGE otorga 60 días para que el presidente presente sus descargos. Además, observó que el primer mandatario ya remitió la información que decidió no entregar a la Asamblea.

Dentro de las pruebas, Lasso entregó certificaciones de una empresa fiduciaria en Estados Unidos que dio cuenta de Lasso no tenía propiedades ni administración en las compañías señaladas cuando presentó su candidatura.

“El presidente está en la obligación de transparentar la información”, agregó Raza. Así mismo, resaltó que lo primero que deberá informar es el tipo de empresas de las que emitió las certificaciones. Además, si detrás de ellas se encuentran otras instituciones como fundaciones.

En esa misma línea, el presidente deberá explicar qué tipo de transferencias realizó y si cumplió con los pagos de impuestos correspondientes.

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