Con 124 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional se allanó a la objeción parcial remitida por el Ejecutivo al proyecto de reformas al Código de la Democracia, que, entre otros aspectos, ratifica la paridad de género en los binomios.
El Parlamento aceptó los cambios que el Primer Mandatario hizo a la normativa. Con la resolución de la objeción parcial, el Ejecutivo podrá enviar la reforma para su publicación en el Registro Oficial, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
La presidenta de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Rosa Torres, enfatizó que la reforma busca asegurar una participación equilibrada entre hombres y mujeres en los procesos electorales. “Apostamos por una democracia paritaria”, sostuvo.
La normativa establece que todos los binomios deberán conformarse de manera equitativa: una mujer y un hombre, o viceversa. Además, se incluye la obligación de alternancia en listas pluripersonales, fortaleciendo así la equidad en la representación política.
Durante la sesión, la legisladora María Paula Villacreses destacó el impulso a la inclusión de los jóvenes, subrayando que las observaciones presidenciales enriquecen el texto legal sin comprometer los avances en materia de género. “Esta reforma garantiza espacio para las nuevas generaciones”, afirmó.
Otros legisladores como César Palacios recordaron que la promoción de la participación femenina y juvenil ya formaba parte de reformas previas en 2020. Jorge Chamba, en tanto, llamó a revisar el papel de agrupaciones políticas que no reflejan respaldo ciudadano. Alejandro Vanegas, por su parte, destacó la trayectoria histórica de la lucha de las mujeres por alcanzar espacios de poder.
Las reformas introducen también ajustes técnicos como la adopción del método D’Hondt para asignación de escaños, el fortalecimiento del principio de imparcialidad y medidas para prevenir la violencia política por razones de género.
Otra modificación importante tiene que ver con los plazos para convocar a elecciones anticipadas en caso de disolución del Legislativo o muerte cruzada. La ley vigente establece un límite de 90 días, pero con la reforma se amplía a un máximo de 120 días.
Además, las reformas otorgan más atribuciones al Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Se permitirá la designación de conjueces ocasionales cuando haya sobrecarga de casos, y se autoriza que los actuales magistrados permanezcan en funciones hasta que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) finalice el proceso de renovación del organismo.




