Por: Wilson Benavides Vásquez, analista político
Neutralizar un posible estallido social en las calles ante un probable fracaso del juicio político contra el presidente Guillermo Lasso en el Parlamento ecuatoriano, parecería ser la cara oculta del Decreto Ejecutivo No. 730 suscrito el pasado 3 de mayo para que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional combatan el terrorismo.
Coincidencia o no, las declaraciones del ex presidente Oswaldo Hurtado en Ecuavisa donde calificó de “terroristas” a los actuales dirigentes de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) levantó el avispero y -a través de un comunicado- esa organización acusó directamente al gobierno del presidente Lasso de pretender declarar a los pueblos indígenas como “grupos terroristas” y de “dirigir, difundir y posicionar este relato como parte de una clara estrategia para activar el aparato represivo del Estado contra el movimiento indígena y las guardias comunitarias que protegen la naturaleza y contra las organizaciones y adversarios políticos”.
En la práctica, el artículo 1 del mencionado decreto dispone a las Fuerzas Armadas “(…) enfrentar y contrarrestar a las personas y organizaciones terroristas (…) a fin de garantizar la soberanía e integridad territorial y la vigencia plena de la Constitución y el Estado de derecho”, pero no aclara qué institución ni bajo qué criterios se definirá que una persona u organización adquiera ese estatus.
Aunque el delito de terrorismo ya está tipificado en el artículo 366 actual Código Orgánico Integral Penal (COIP), el decreto no menciona a grupo alguno o persona en particular con este calificativo, como inicialmente se difundió en la opinión pública. Apenas hace algunas semanas se publicaron los nombres de varios grupos de delincuencia organizada, ligados al narco y microtráfico, así como a los motines carcelarios, la colocación de autos bomba y un sin número de sicariatos y secuestros en todo el país, como los “Choneros”, los “Lobos”, los “Tiguerones”, los “CR7, los “Lagartos”, los “gánster”, entre otros.
Lo cierto es que el Decreto No. 730 deja más dudas que certezas sobre este tema, en la medida en que -en su artículo 3 por ejemplo- prácticamente pone en indefensión total a los militares y policías que participen en actividades contraterroristas al conminar al SNAI (el organismo que administra las prisiones en Ecuador) a tomar “estrictas previsiones de seguridad para el personal militar y policial que, como resultado de esas operaciones militares y policiales (…), sea sometido a procesos judiciales penales, con la finalidad de garantizar su integridad en los centros de privación de libertad”.
No queda clara tampoco la relación entre este decreto y el proyecto de reforma constitucional que se tramita en la Asamblea para posibilitar que las Fuerzas Armadas participen -de manera complementaria- en operaciones coordinadas, combinadas y conjuntas con la Policía Nacional para combatir la inseguridad y el crimen organizado, que en solo el año pasado, provocaron 4.603 muertes violentas representando un incremento del 82,5% en relación con el 2021, mientras que en lo que va de 2023, ya se han registrado 1.356 casos que representan un aumento del 66,4% con relación al mismo periodo de 2022. Tampoco señala la relación entre esta decisión y un decreto anterior con el que el Ejecutivo da vía libre a la tenencia y porte de armas por parte de civiles.
El Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 2019, reconoce que los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación garantizan y protegen diversas formas -individuales y colectivas- de expresar públicamente opiniones, demandar el cumplimiento de derechos sociales, culturales y ambientales, y afirmar la identidad de grupos históricamente discriminados. Por esta razón, señala el documento, “la protesta juega un papel central en la defensa de la democracia y los derechos humanos”.
En este contexto, es necesario recordar que en la enmienda constitucional de 2015, que promovía exactamente lo que se tramita en la actualidad, los mismos grupos de opinión que hoy fomentan visiones similares a las del ex presidente Hurtado, fueron los primeros en oponerse, acusando al gobierno de la época, de implementar esos cambios con el objetivo de utilizar a los militares para reprimir la protesta y el descontento social. Eran otros tiempos…
La opinión de Wilson Benavides.