La Corte Constitucional (CC) emitió dictamen favorable para las dos nuevas preguntas que presentó el gobierno del presidente Guillermo Lasso para su consulta popular, sobre las atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
En un comunicado, este jueves 27 de octubre de 2022, la Corte informó que “la vía de enmienda propuesta por el presidente de la República es procedente para tramitar las dos propuestas”.
El pasado 18 de octubre, las dos preguntas fueron presentadas por el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, quien se pronunció en su cuenta de Twitter respecto del dictamen.
“Este es un paso grande en la construcción de una institucionalidad más fuerte y transparente para el país. Seguimos adelante”, publicó.
Las preguntas
En la pregunta 1, la CC determinó que “mantiene los principios rectores establecidos por el constituyente —como la veeduría, la impugnación ciudadana y la evaluación de los méritos de los candidatos—, respeta la separación de poderes y el carácter republicano del Estado y no establece restricciones a los derechos y garantías”
¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 1?
En la pregunta 2, la CC concluyó que “no altera la estructura fundamental de la Constitución, el carácter o los elementos constitutivos del Estado y no establece restricciones a los derechos o garantías constitucionales”
¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 2?
Ahora, la Corte debe emitir una sentencia de constitucionalidad a fin de realizar un control previo de constitucionalidad de los considerandos y de las preguntas 1 y 2.