El Tribunal de Admisión de la Corte Constitucional resolvió admitir a trámite las demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Integridad Pública presentadas por el partido político Unidad Popular (UP) y la Unión Nacional de Educadores (UNE).
Los dirigentes de Unidad Popular, Geovanni Atarihuana, Natasha Rojas, Isabel Vargas y Carlos Sánchez Marroquín, ingresaron la demanda el pasado 3 de julio, argumentando que varios artículos de la normativa vulneran la Constitución, tanto en su forma como en su contenido.
De igual manera, el presidente de UNE, Andrés Quishpe presentó el 30 de junio la demanda por inconstitucionalidad en contra de la misma ley.
También, la Sala de Admisión de la CC resolvió este viernes admitir a trámite otra acción pública de inconstitucionalidad presentada contra la Ley de Integridad. El recurso fue presentado por representantes del Colectivo Fiscalía Unida, la Asociación Nacional de Fiscales del Ecuador y la Asociación de Funcionarios de la Fiscalía General del Estado, contra varios artículos y disposiciones de la normativa, publicada el 26 de junio de 2025.
Los demandantes cuestionan la norma por la forma y por el fondo. Alegan que vulnera el principio de unidad de materia y que introduce reformas ajenas a su carácter económico, incluyendo cambios en materia penal, laboral y administrativa.
Además, sostienen que ciertos artículos afectan la estabilidad de los servidores públicos, crean mecanismos de evaluación cuestionables como pruebas de confianza, y establecen sanciones desproporcionadas.
Por otro lado, señalan que algunas reformas invaden competencias de jueces y del Consejo de la Judicatura, duplican responsabilidades administrativas y penales, y permiten declaratorias de emergencia en la Función Judicial sin límites claros.
Tras revisar los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Tribunal concluyó que las acciones presentadas cumplen con los criterios exigidos y procedió a su admisión para trámite.
CC niega solicitud de medidas cautelares
Sin embargo, la Corte negó las solicitudes de medidas cautelares de los demandantes, que buscaban suspender temporalmente los efectos de la Ley mientras se resolvía el fondo del caso. En su resolución, los jueces argumentaron que los accionantes no aportaron suficientes elementos que justificaran la adopción de medidas cautelares.
Además, consideraron que no se demostró una amenaza grave e inminente a derechos fundamentales que justifique suspender de forma provisional la ley.




