El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 272, mediante el cual se establecen tarifas diferenciadas del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que regirán en Ecuador a partir del 1 de enero de 2026.
Según el decreto, el sector farmacéutico contará con una tarifa del 0 % del ISD para las subpartidas arancelarias que se definan, mientras que otros sectores productivos accederán a un impuesto reducido del 2,5 %.
La identificación de los beneficiarios y el detalle de las subpartidas arancelarias estarán a cargo del Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, que deberá emitir un acuerdo ministerial con los criterios técnicos de aplicación.
El Ministerio de Economía y Finanzas definirá el límite fiscal para el ejercicio 2026, con el fin de garantizar que el beneficio no comprometa la estabilidad de las finanzas públicas ni la balanza de pagos.
Para el seguimiento y control, el Servicio de Rentas Internas, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y el Ministerio de Producción deberán remitir informes trimestrales al Ministerio de Finanzas. En caso de detectarse riesgos de superar el techo fiscal, se aplicarán medidas correctivas inmediatas. El decreto también dispone controles ex ante y ex post para evitar usos indebidos del beneficio.




