ELECCIONES NACIONALES POLÍTICA

TCE niega recurso del PSC contra adelanto elecciones

Jueza del TCE declara prescrita denuncia de Diana Atamaint contra Revolución Ciudadana por elecciones de 2023

El Tribunal Contencioso Electoral dejó en firme el cambio del calendario dispuesto por el CNE. La sentencia prioriza la prevención de riesgos climáticos frente a los reclamos de inseguridad jurídica presentados por el partido.

El fallo que valida el nuevo cronograma

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó este 7 de abril de 2026 el recurso del Partido Social Cristiano (PSC). La resolución judicial respalda plenamente al Consejo Nacional Electoral (CNE) en su decisión de ajustar las fechas de los comicios seccionales.

El juez Juan Patricio Maldonado desestimó los argumentos de Alfredo Serrano, presidente del PSC. La sentencia determina que el cambio de fechas busca proteger el derecho al voto de más de 600.000 ciudadanos ante posibles desastres naturales.

Argumentos técnicos sobre el fenómeno de El Niño

El fallo destaca informes de la Secretaría de Gestión de Riesgos que advierten peligros en 218 recintos electorales. Según el documento, siete provincias enfrentarían inundaciones que impedirían el acceso de los votantes a las urnas.

El magistrado aclaró que el calendario electoral es un instrumento operativo y no una norma rígida e inamovible. Por lo tanto, su modificación no representa una “reforma electoral encubierta” como sostenía la dirigencia socialcristiana en su demanda.

Además, el Tribunal garantizó que el periodo de funciones de las autoridades actuales no sufrirá alteraciones. Aunque la votación será el 29 de noviembre de 2026, la posesión se mantiene para el 14 de mayo de 2027.

Otros recursos descartados por el Tribunal

El TCE también bloqueó otros intentos de impugnación contra el calendario. El 6 de abril, el juez Joaquín Viteri inadmitió el recurso de la Revolución Ciudadana debido a la suspensión de sus derechos de participación.

Asimismo, el organismo archivó el reclamo de Pablo Ricaurte, del movimiento L.I.D.E.R., por incumplir plazos y requisitos legales. Actualmente, solo permanece pendiente de resolución un recurso presentado por la Izquierda Democrática de Sucumbíos.

Con esta decisión, la planificación del CNE continúa su marcha oficial sin obstáculos jurídicos de fondo. La justicia electoral dispuso el archivo definitivo de la causa del PSC una vez que la sentencia quede ejecutoriada.

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