El Tribunal de Apelación de la Corte Provincial de Justicia del Guayas rechazó este miércoles, 16 de septiembre, el recurso presentado por la defensa del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y ratificó la sentencia de tres años de prisión por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, dentro del denominado caso Grillete.
La decisión fue adoptada después de que el tribunal acogiera el pedido de la Fiscalía General del Estado de mantener la condena impuesta en primera instancia. El proceso se originó por el incumplimiento de la medida de vigilancia electrónica que Alvarez debía portar por disposición judicial.
La audiencia comenzó pasadas las 08:00 de este miércoles y se desarrolló de manera virtual. El Tribunal de Apelación estuvo integrado por los jueces provinciales Rosario Franco Jaramillo, como ponente; Demóstenes Díaz Ruilova y Carmen Vázquez Rodríguez.
Defensa pidió revocar la sentencia
Durante la diligencia, Julio César Cueva, abogado de Alvarez, sustentó el recurso de apelación y solicitó dejar sin efecto la sentencia de primera instancia.
La Fiscalía, por su parte, defendió su acusación y pidió a los magistrados confirmar la condena. Tras escuchar a las partes, el tribunal suspendió temporalmente la audiencia para deliberar antes de anunciar su resolución. Finalmente, la Corte Provincial rechazó la apelación y mantuvo la pena de tres años de privación de libertad contra el alcalde.
Condena se originó por retiro del grillete
La sentencia de primera instancia fue dictada el 3 de agosto de 2026 por un Tribunal de Garantías Penales de Durán, que declaró a Alvarez autor directo del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
El caso está relacionado con el dispositivo de vigilancia electrónica que el alcalde debía portar como medida cautelar dentro del caso Triple A. Durante un allanamiento realizado en su domicilio el 10 de febrero de 2026, las autoridades constataron que no tenía colocado el grillete.
Además de los tres años de prisión, la sentencia de primera instancia estableció una multa de diez salarios básicos unificados, equivalente a USD 4.820, disculpas públicas y la publicación de la parte resolutiva del fallo en un diario de circulación nacional.
Aquiles Alvarez permanece recluido en la Cárcel del Encuentro, en Santa Elena. La ratificación en segunda instancia no implica necesariamente que la sentencia esté ejecutoriada, pues deberán agotarse o resolverse los recursos judiciales que correspondan.




