El presidente Daniel Noboa emitió este jueves el Decreto Ejecutivo 199 que autoriza, de forma excepcional, a que durante el ejercicio fiscal de 2026, los gastos permanentes de los sectores de salud, educación y justicia sean financiados con ingresos no permanentes, es decir, recursos obtenidos de endeudamiento público, venta de activos del Estado u otras fuentes temporales.
La medida fue dispuesta por el mandatario un día antes del vencimiento del plazo constitucional para entregar la proforma presupuestaria del próximo año a la Asamblea Nacional.
Según el decreto, la decisión se sustenta en los artículos 126 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip) y 286 de la Constitución, que permiten la utilización de ingresos no permanentes para financiar gastos esenciales en circunstancias excepcionales.
El documento argumenta que existe una “brecha estructural presupuestaria”, ya que el crecimiento de los ingresos permanentes ha sido menor que las necesidades de gasto en los sectores priorizados.
El Ministerio de Economía y Finanzas recomendó al Ejecutivo aplicar esta excepcionalidad, tras un análisis técnico y jurídico que determinó la presión existente sobre el Presupuesto General del Estado (PGE).
¿Qué implica la medida?
El Coplafip define los ingresos no permanentes como aquellos recursos que el Estado recibe de forma temporal o extraordinaria, como la venta de activos públicos, la deuda pública o la comercialización de petróleo.
Por su parte, los egresos permanentes son aquellos que requieren repetición constante, como el pago de sueldos y servicios básicos del sector público.
Con esta decisión, el Gobierno podrá cubrir parte de los gastos operativos de los ministerios de salud, educación y justicia mediante financiamiento temporal.
Disposiciones adicionales
El decreto faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para:
- Incorporar la excepcionalidad en el Presupuesto General del Estado 2026.
- Emitir las directrices y lineamientos a las entidades ejecutoras para reestructurar sus presupuestos institucionales.
- Supervisar el cumplimiento de la regla fiscal mediante reportes de la proforma y liquidación presupuestarias.




