La tarde de este viernes, 20 de diciembre, la Corte Constitucional (CC) admitió a trámite la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que presentó la presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz, en contra de la “Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos”, también denominada Ley Antipillos.
La CC también suspendió provisionalmente la vigencia de la normativa “expedida mediante Decreto Ley 477 (publicado en el Quinto Suplemento del Registro Oficial 700, del 10 de diciembre de 2024), hasta que ese Organismo Constitucional emita un pronunciamiento de fondo en esta causa”.
“Sin que se trate de un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, la Sala consideró que existen elementos de gravedad, verosimilitud e inminencia para otorgar la medida cautelar de suspensión de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, hasta que la Corte Constitucional pueda pronunciarse sobre la existencia o no de una inconstitucionalidad por la forma”, detalló un comunicado difundido en el perfil en X de la Corte.
Al presentar la demanda ante la CC, Veloz expresó que la mencionada Ley “busca poner más carga tributaria a las familias ecuatorianas. Es un paquetazo navideño a la clase media de este país”.
Dentro de la acción, el Legislativo incluyó la solicitud de medida cautelar para que se suspenda la ley, de forma provisional, hasta que la Corte resuelva la demanda planteada.
La titular de la Asamblea dijo que esta acción de inconstitucionalidad cuenta con el respaldo de las bancadas de la Revolución Ciudadana, Partido Social Cristiano (PSC), Construye y algunos independientes.
“Esperamos que la Corte Constitucional se ponga del lado de la sociedad ecuatoriana y que le ponga límites al poder”, agregó la titular del Parlamento.
El pasado 9 de diciembre, el presidente Daniel Noboa promulgó la Ley Antipillos, que anteriormente había sido negada y archivada por la Asamblea Nacional.
El mandatario anunció que la normativa entraría en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial.