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Corte Constitucional avala pregunta para referéndum sobre bases militares extranjeras en Ecuador

El Pleno de la Corte Constitucional emitió este jueves un dictamen favorable y validó la constitucionalidad de la pregunta propuesta para el referéndum sobre la reforma parcial del artículo 5, que plantea permitir bases militares extranjeras en el Ecuador.

La propuesta, fue presentada por el presidente Daniel Noboa el 16 de septiembre de 2024 y ratificada por la Asamblea Nacional el 30 de julio de 2025, consta de cuatro considerandos, una frase introductoria, una pregunta y un anexo. El texto que se someterá a consulta es:

“¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?”

Noboa propuso eliminar del artículo 5 de la Carta Magna la parte de «no se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras» y dejar sólo lo referente a que «Ecuador es un territorio de paz».

Actualmente, ese texto está redactado de esta forma:

“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”.

Artículo 5 de la Constitución

La Corte, con nueve votos a favor, concluyó que los considerandos y la pregunta cumplen con las cargas de claridad y lealtad establecidas en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), al emplear un lenguaje neutro, comprensible y sin inducir al voto.

El fallo dispone al Consejo Nacional Electoral iniciar el procedimiento correspondiente para la organización del referéndum, conforme lo establece la Constitución y la ley.

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