La Corte Constitucional (CC) emitió este domingo un dictamen en el que determinó que la propuesta de consulta popular presentada en el Decreto Ejecutivo 153, firmado por el presidente Daniel Noboa, corresponde a la vía de Asamblea Constituyente.
Este pronunciamiento no resuelve la cuestión de fondo, pues constituye solo el primer momento del control de constitucionalidad, denominado “calificación de vía”, dentro del procedimiento previsto para este tipo de iniciativas.
Con ello, el caso pasa ahora al segundo momento, que consiste en analizar la constitucionalidad de la convocatoria misma.
La Corte enfatizó que una Asamblea Constituyente tiene la potestad exclusiva de elaborar un proyecto de nueva Constitución, el cual deberá someterse posteriormente a un referéndum popular.
No obstante, recordó que este órgano deberá respetar los límites materiales del poder constituyente, entre ellos el reconocimiento de la dignidad humana, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las normas imperativas del derecho internacional.
El dictamen también señaló que la Presidencia de la República compareció en el proceso y solicitó su trámite con celeridad, lo que permitió que la causa se priorice para no interferir con el calendario electoral en marcha.
Con la recepción del dictamen, el Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que se encuentra a la espera del pronunciamiento final de la Corte sobre la convocatoria a la consulta popular. Una vez emitido, el organismo podrá dar inicio oficialmente al proceso electoral.
La presidenta del CNE, Diana Atamaint, destacó que este accionar se enmarca en la obligación de garantizar procesos democráticos transparentes y apegados a la Constitución.
La Corte Constitucional, por su parte, reiteró que continuará actuando con independencia y diligencia en esta segunda etapa, para asegurar la seguridad jurídica y el respeto a los principios democráticos en el país.




