La Corte Constitucional del Ecuador desestimó la acción extraordinaria de protección interpuesta por el expresidente Jamil Mahuad contra la sentencia que lo condenó por el delito de peculado, relacionada con los hechos ocurridos durante el feriado bancario y el congelamiento de depósitos de marzo de 1999.
La decisión consta en la sentencia 1051-21-EP/25, aprobada por el Pleno del organismo el 11 de diciembre de 2025. El fallo contó con el voto favorable de cinco jueces constitucionales, un voto salvado y tres excusas, según el acta oficial.

El caso se originó en enero del año 2000, cuando el entonces diputado Víctor Granda Aguilar presentó una denuncia contra Mahuad ante la Corte Suprema de Justicia. Tras un proceso judicial que se extendió por varios años, en mayo de 2014 el exmandatario fue sentenciado a 12 años de reclusión mayor ordinaria por peculado.
Posteriormente, en octubre de 2020, la condena quedó en firme, y en enero de 2021 se presentó la acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional.
En su análisis, la Corte recordó que no actúa como una instancia adicional dentro del sistema judicial. En ese sentido, precisó que no le corresponde reabrir procesos penales, valorar pruebas, revisar hechos del proceso de origen ni determinar culpabilidad o inocencia, funciones que competen a la justicia ordinaria.

El tribunal constitucional se limitó a examinar si la sentencia de casación de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y el auto impugnado vulneraron los derechos constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica. Tras ese análisis, concluyó que la decisión de la CNJ sí cuenta con una fundamentación fáctica y jurídica suficiente, está debidamente motivada y no vulneró el debido proceso.
Asimismo, la Corte determinó que no existió aplicación retroactiva de normas internacionales ni afectación a la seguridad jurídica, por lo que desestimó el recurso y dispuso la devolución del expediente al juzgado de origen.
Jamil Mahuad dejó el poder el 21 de enero de 2000, tras ser derrocado en medio de una grave crisis económica y social, y desde entonces reside en Estados Unidos. La decisión de la Corte Constitucional mantiene firme la condena en su contra por los hechos derivados del feriado bancario.




