La Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucional la creación de judicaturas “distritales” especializadas en materia constitucional, propuesta por el Consejo de la Judicatura (CJ), pues considera que la medida restringe el derecho de acceso a la justicia.
El pronunciamiento de la Corte tuvo lugar tras resolver una demanda presentada por David Cordero y otros abogados que cuestionaban que la resolución del Consejo de la Judicatura de creación de unidades para tratar la justicia especializada vulneraba el principio de acceso a la justicia porque se creaban por distritos y no por provincias.
En su fallo, el Pleno de la Corte consideró inconstitucionales los artículos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Resolución 006-2025 del CJ, que autorizaban la creación de unidades y salas distritales para tratar garantías constitucionales.
Según explicó la CC en un boletín, “el modelo distrital limita el acceso a la justicia al concentrar la administración de garantías jurisdiccionales, cuando la norma constitucional exige una presencia amplia, territorial y especializada a nivel nacional”.
Con esta decisión, también quedó sin efecto el reglamento aprobado por el CJ, el 30 de abril de 2025, para seleccionar jueces constitucionales.
Además, dispuso al Pleno del Consejo de la Judicatura que dicte una nueva resolución para la implementación de las judicaturas constitucionales y realice las gestiones que sean necesarias
para la asignación presupuestaria que demande la implementación de las mismas.
