NACIONALES POLÍTICA

Corte regula referéndum sobre financiamiento, frena recorte de asambleístas y limita estado de excepción

La Corte Constitucional se pronunció este lunes sobre tres propuestas del Ejecutivo para llevar a referendo y sobre la declaratoria de estado de excepción en cuatro provincias del país.

El alto tribunal reguló la propuesta sobre financiamiento a partidos políticos, frenó el recorte de asambleístas y limitó el estado de excepción en varios territorios.

Financiamiento a partidos políticos

En el Dictamen 6-24-RC/25, la Corte avaló la posibilidad de consultar a la ciudadanía sobre la eliminación del financiamiento público a partidos y movimientos políticos.

  • El análisis se centró en garantizar que la pregunta sea clara y sin inducción al voto.
  • El tribunal corrigió los excesos de redacción, excluyendo menciones al artículo 115 de la Constitución y eliminando frases que podían sesgar la voluntad popular.

La decisión busca mantener la neutralidad en la consulta, pero abre un debate sobre la sostenibilidad de los partidos, que quedarían limitados al aporte de sus militantes y simpatizantes, con riesgo de dependencia de élites económicas.

Contratación por horas y Asamblea Nacional

En el Dictamen 7-25-RC/25A, la Corte adoptó posiciones diferenciadas:

  • Aprobó la contratación por horas en el sector turístico, siempre como primera relación laboral y con protección de derechos adquiridos.
  • Rechazó la reducción del número de asambleístas, al señalar que la propuesta carecía de información suficiente sobre su impacto: la disminución de 151 a 73 curules y la redistribución de escaños no estaba claramente explicada.

La Corte mostró apertura a la flexibilización laboral, bajo condiciones que eviten precarización, pero protegió la representatividad legislativa frente a intentos de reducirla sin justificación técnica ni claridad al electorado.

Estado de excepción focalizado

Respecto al estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa, la Corte lo declaró parcialmente constitucional.

  • Ratificó su validez en Guayas, El Oro, Los Ríos, Manabí y Echeandía (Bolívar), donde existía evidencia de violencia grave.
  • Negó su aplicación en La Maná (Cotopaxi) y Las Naves (Bolívar), por falta de sustento.
B204-6-24-RC-25-7-25-RC-25A-5-25-EE-25-
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