El presidente Daniel Noboa reorganizó la conformación de los directorios de la Corporación Financiera Nacional (CFN) y BanEcuador, que estarán integrados exclusivamente por delegados del Ejecutivo y ministros o sus representantes, según los decretos 480 y 481, firmados este miércoles 26 de agosto de 2026.
En ambos casos, un delegado permanente del Presidente de la República encabezará los directorios y tendrá voto dirimente. El resto de integrantes corresponderá a ministros, secretarios de Estado o sus delegados permanentes.
La modificación se produce después de la reestructuración de varias instituciones de la Función Ejecutiva y de la reorganización de ministerios dispuesta por el Gobierno en junio pasado.
Así queda integrado el Directorio de la CFN
El Decreto Ejecutivo 480 sustituye el artículo 5 del Decreto Ejecutivo 868, de diciembre de 2015, y establece que el Directorio es la máxima autoridad de la Corporación Financiera Nacional.
Sus cinco integrantes serán:
- Un delegado permanente del Presidente de la República, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente.
- El ministro de Desarrollo Económico y Productivo o su delegado permanente.
- El ministro de Ambiente y Energía o su delegado permanente.
- El ministro de Infraestructura y Tecnología o su delegado permanente.
- El secretario general de la Administración Pública, Planificación y Gabinete o su delegado permanente.
El gerente general de la CFN podrá asistir al Directorio con voz, pero sin voto, según establece el decreto. La nueva estructura implica que todos los miembros con capacidad de voto pertenecen al Ejecutivo o son delegados de autoridades del Gobierno.
BanEcuador tendrá una estructura similar
El Decreto Ejecutivo 481 modifica, por su parte, la integración del Directorio de BanEcuador.
La institución tendrá como integrantes a un delegado permanente del Presidente, quien ejercerá la presidencia y tendrá voto dirimente; los ministros de Desarrollo Económico y Productivo, Trabajo y Desarrollo Humano, y Ambiente y Energía; además del secretario general de la Administración Pública, Planificación y Gabinete. Todos podrán actuar mediante delegados permanentes.
En este caso, el decreto también determina que el gerente general de BanEcuador será designado por el propio Directorio y será responsable de ejecutar las políticas y resoluciones que este organismo adopte.
Además, los delegados permanentes deberán cumplir previamente los requisitos establecidos en el artículo 374 del Código Orgánico Monetario y Financiero.
Gobierno justifica cambios por reestructuración estatal
En los considerandos de ambos decretos, el Ejecutivo señala que los cambios son consecuencia de la reestructuración organizacional de varias entidades de la Función Ejecutiva y que resulta necesario actualizar la normativa para adecuarla a la actual estructura institucional.
Uno de los antecedentes es el Decreto Ejecutivo 425, del 18 de junio de 2026, que dispuso la absorción de los ministerios de Producción, Comercio Exterior e Inversiones y de Agricultura, Ganadería y Pesca por el entonces Ministerio de Economía y Finanzas. Tras concluir ese proceso, esa cartera pasó a denominarse Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
Los decretos 480 y 481 entraron en vigencia desde su suscripción, el 26 de agosto, sin perjuicio de su publicación posterior en el Registro Oficial.




