La Corte Constitucional decidió aceptar la vía de enmienda para modificar la constitución respecto de las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8 de la consulta popular que impulsa el gobierno del presidente Guillermo Lasso.
En cuanto a las preguntas que faltan, 1 y 6, el organismo precisó que no se pueden tramitar por enmienda, sino vía reforma parcial.
De esta manera, la Corte Constitucional informó que cumplió con el primer momento de control de constitucionalidad para la tramitación de la modificación.
Precisó que el segundo momento, es decir la sentencia de control constitucional de la convocatoria a referéndum, iniciará con el avoco conocimiento. Esto, de acuerdo con el artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, y la jurisprudencia de la Corte.
El Gobierno ha sido notificado con el dictamen de la Corte Constitucional. El equipo jurídico de la Presidencia está revisando el documento para analizar las próximas acciones.
Las preguntas
El pasado 12 de septiembre, el Ejecutivo presentó las ocho preguntas de su consulta popular. Estas se basan en tres ejes temáticos: seguridad, calidad institucional y medio ambiente.
1)¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, enmendando la Constitución de conformidad con lo previsto en el Anexo 1?
2) ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 2?
3) ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 3?
4) ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 4?
5) ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1.5% del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 5?
6) ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos que garanticen meritocracia, escrutinio público, colaboración y control de diferentes instituciones, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS y a sus consejeros, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 6?
7) ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 7?
8) ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 8?