La normativa, aprobada por la mayoría oficialista en la Asamblea, modifica al menos 19 cuerpos legales. Entre los cambios destacan la unión de las juntas monetaria y financiera, nuevas facilidades tributarias, la transformación de cooperativas en bancos, y la posibilidad de juzgar a menores como adultos. Además, contempla sanciones para jueces, fiscales y abogados.
En medio de la sesión, Andrés Castillo, asambleísta del bloque oficialista ADN, propuso que el proyecto también incluyera reformas a la Ley de Movilidad Humana. La idea es expulsar extranjeros que cometan delitos en Ecuador.
El experto en procedimiento parlamentario Pedro Cornejo, a través de su cuenta de X hizo un recuento de las leyes reformadas a través de una iniciativa que tenía la calificación de económica urgente.
Por su parte el constitucionalista Gonzalo Muñoz consideró, también en la misma red social, que el texto aprobado por la Asamblea en la sesión No.13 es arbitrario. Muñoz expuso algunas de las inconstitucionalidades que incluye el texto e incluyó los vicios de procedimiento en su aprobación.
Aquí están los aspectos más polémicos de la reforma impulsada por el presidente Daniel Noboa:
1. Juzgar a menores como adultos
La ley permite juzgar a niños y adolescentes en delitos graves como adultos. La especialista en derechos humanos, Sybel Martínez, activista por los derechos de niñas, niños y adolescentes, dijo que esta medida vulnera la Constitución y los estándares internacionales.
“No porque aumenten las penas o se envíe el mensaje de que los adolescentes serán juzgados como adultos, no dejarán de ser reclutados en grupos delictivos (GDO)”, afirmó.
2. Reformas en los indultos presidenciales
La ley modifica la Ley de Solidaridad Nacional, aprobada hace poco. Ahora, quienes sean procesados por delitos contra la administración pública, salvo la extralimitación en actos de servicio, no podrán acceder a indultos diferidos.
Tampoco podrán beneficiarse del indulto quienes tengan procesos por genocidio, tortura, desaparición forzada, secuestro o homicidio por motivos políticos.
3. Sanciones a jueces y fiscales en emergencia judicial
La ley enmienda el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Permite declarar emergencia en la justicia para mejorarla. En ese estado, se podrán hacer evaluaciones anticipadas y un ingreso rápido a la carrera judicial, sin estabilidad garantizada.
El experto André Benavides dijo que estas medidas facilitan sacar jueces incómodos y extender la emergencia sin límite.
La reforma también endurece las penas por corrupción. Incluye la inhabilitación de por vida. Para abogados, establece que quien revele secretos o cambie de bando en un juicio enfrentará hasta tres años de cárcel y la inhabilitación definitiva.
4. Expulsiones hasta por 40 años
Esta ley también introduce la prohibición de retorno al país por el período de 40 años, a los extranjeros que hayan sido expulsados de Ecuador tras cumplir penas por delitos con penas de cárcel mayores a cinco años.
De incumplir esta disposición, el extranjero podrá ser declarado como un objetivo militar, si persiste el “conflicto armado interno” declarado por Noboa contra las bandas criminales.
5. Reunificación de las órganos financieros
Se ordena que las juntas monetaria y financiera vuelvan a unificarse en una sola: la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (Jprfm).
Esa separación ocurrió en 2021, con la ley de defensa de la dolarización, que buscaba la independencia del Banco Central. Ahora, vuelven a unificarse, cumpliendo un acuerdo con el FMI. La Jprfm tendrá cinco miembros designados por la Asamblea, propuestos por el Presidente, con mandatos de 1 a 4 años.
Sus funciones incluyen solicitar información a instituciones públicas. Los candidatos no podrán ser funcionarios en activo.
6. Nuevas facilidades para pagar impuestos
La ley establece una remisión de intereses, multas y recargos en obligaciones tributarias, hasta el 31 de diciembre de 2024. La condonación no incluye el Impuesto a la Renta del 2024.
Para beneficiarse, el capital de la deuda debe pagarse completo antes del 31 de diciembre de 2025. La normativa indica que “si antes de la ley, el contribuyente realizó pagos iguales al capital, se remitirán intereses y recargos restantes”.
7. Cooperativas pasarán a ser bancos
Tras un análisis de riesgo, la nueva Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria determinará cuáles cooperativas de ahorro y crédito pasarán a supervisión de la Superintendencia de Bancos. Algunas se convertirán en sociedades anónimas del sector privado, buscando proteger ahorros y mantener la estabilidad financiera.
La Asociación de Organismos del Sector Financiero Popular y Solidario (Asofipse) criticó esa medida. Dijo que carece de respaldo legal y viola la Constitución. Por su parte, actores del sector bancario ven la reforma como una forma de supervisar mejor a cooperativas que parecen bancos.
8. Cierre de instituciones públicas por decisión presidencial
La ley también reformó el Código Orgánico Administrativo. Ahora, el Presidente puede cerrar instituciones públicas creadas por ley. Solo necesita demostrar que en el proceso legislativo hubo objeciones o que no hubo dictamen presupuestario para su creación.




