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Ley de Solidaridad Nacional: Reaparece la tabla de consumo de drogas

Con la aprobación de la Ley de Solidaridad Nacional, propuesta por el Ejecutivo con carácter urgente en materia económica y aprobada este fin de semana por la Asamblea Nacional, reaparece la tabla de consumo de drogas bajo el nombre de «parámetros referenciales».

De acuerdo con la normativa, esta herramienta servirá a jueces y fiscales para diferenciar entre consumo personal y microtráfico.

Además, establece que el Ministerio de Salud, la Fiscalía y el Consejo de la Judicatura determinen los parámetros de consumo personal.

La Ley de Solidaridad incluye disposiciones que promueven la rehabilitación y reinserción social de consumidores, en lugar de su criminalización.

La antigua tabla de consumo de drogas, que desde 2013 establecía los gramajes máximos permitidos para el porte personal de sustancias como marihuana, cocaína y heroína, fue derogada en noviembre de 2023 mediante el Decreto Ejecutivo N.º 28.

Esta decisión generó un vacío legal que fue parcialmente cubierto por una resolución de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), la cual introdujo nuevos parámetros para diferenciar entre consumidores y traficantes.

Aunque la tabla fue eliminada, el Ministerio del Interior ha promovido una “Guía de Consumo”, que, sin establecer cantidades específicas, permite a jueces y fiscales evaluar cada caso con base en exámenes psicosomáticos, análisis del entorno social del individuo, y el tipo de sustancia involucrada.

¿Qué cambia para los ciudadanos?

  • Ya no existen gramajes legales definidos para consumo personal.
  • Los consumidores no son penalizados automáticamente, pero deben someterse a evaluaciones médicas y sociales.
  • El tráfico sigue siendo severamente castigado, con penas que van de 5 a 13 años de prisión.

Otra de las cuestiones que recoge la Ley de Solidaridad Nacional es el establecimiento de penas más severas para miembros de organizaciones criminales.

Se crea el delito de pertenencia a grupos armados organizados en el contexto del conflicto armado, con sanciones de hasta 26 años de prisión. La tabla de consumo

Los líderes y financistas de estas estructuras enfrentarán hasta 30 años de prisión, mientras que los colaboradores externos, incluso quienes participen esporádicamente, podrán ser sancionados con penas de hasta 26 años.

Delitos conexos y nuevas figuras penales

La normativa amplía el catálogo de delitos conexos, incluyendo:

  • Lavado de activos
  • Tráfico de armas
  • Extorsión
  • Minería ilegal
  • Trata de personas
  • Reclutamiento de menores

En estos casos, se eliminan medidas alternativas a la prisión preventiva, que se vuelve obligatoria. La detención en flagrancia se amplía de 24 a 72 horas para estos delitos.

Especialización de jueces y fiscales

Los jueces y fiscales encargados de estos procesos deberán contar con especialización en crimen organizado, corrupción y delitos relacionados con conflictos armados internos.

Combustibles e hidrocarburos

Se sanciona con hasta 13 años de prisión el almacenamiento, transporte y distribución ilegal de combustibles. Si el delito se comete en zonas fronterizas o marítimas, la pena sube a 16 años.

Los servidores públicos que colaboren en estos actos pueden recibir hasta 13 años de cárcel. También se penaliza la sustracción de hidrocarburos mediante conexiones clandestinas con la misma sanción.

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