El presidente Daniel Noboa emitió este martes el Decreto Ejecutivo 134 que declara el estado de excepción por grave conmoción interna en Carchi, Imbabura, Pichincha, Azuay, Bolívar, Cotopaxi y Santo Domingo, a raíz de bloqueos y cierres de vías registrados en los últimos días. La medida rige por 60 días desde su suscripción.
Puntos clave
La medida dispone la suspensión de la libertad de reunión en las 7 provincias, durante 24 horas del día, cuando las aglomeraciones “busquen paralizar servicios públicos o afecten la seguridad y el orden”.
Además, establece que la Policía Nacional y, de manera complementaria, las Fuerzas Armadas podrán impedir y desarticular reuniones que amenacen el orden y la seguridad, bajo principios de necesidad y proporcionalidad.
De acuerdo con el Ejecutivo, el objetivo es restablecer el libre tránsito, proteger la integridad de las personas y evitar daños a bienes públicos y privados, así como garantizar actividades económicas.
La disposición, según el mandatario, se circunscribe a las provincias donde se concentran los cierres de carreteras y actos violentos, con una vgencia de 60 días, con posibilidad de terminación anticipada.
Fundamentos del Decreto
El Ejecutivo sustenta la medida en disposiciones constitucionales sobre seguridad pública, orden interno y estados de excepción; así como en jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre requisitos de necesidad, proporcionalidad, temporalidad y territorialidad.
El documento destaca además, informes del ECU 911 y de la Policía Nacional que detallan bloqueos en corredores viales clave y enfrentamientos en varios puntos del país; también reportes de medios sobre manifestaciones vinculadas al ajuste del diésel.
Medidas operativas
- Movilización de entidades de la Función Ejecutiva para coordinar acciones de orden público.
- Refuerzo policial del control interno para garantizar libre tránsito y actividad económica.
- La participación de las Fuerzas Armadas será excepcional y de apoyo a la Policía en el marco legal vigente.
Derechos y límites
La medida no impide la protesta pacífica; la restricción aplica a reuniones que afecten derechos de terceros o paralicen servicios. Tampoco se suspenden otros derechos más allá de los expresamente señalados en el documento, detalló el mandatario.
El decreto encarga su ejecución al Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Policía Nacional y Fuerzas Armadas, y dispone su notificación a la Asamblea Nacional, Corte Constitucional, ONU y OEA.
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