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Noboa emite nuevo reglamento contra el lavado de activos, con el decreto 298

El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 298, mediante el cual puso en vigencia el nuevo Reglamento General contra el Lavado de Activos y el Financiamiento de Delitos en Ecuador. La normativa busca fortalecer el control financiero, prevenir la corrupción y alinear al país con los estándares internacionales en la lucha contra los delitos financieros.

Según el documento, el reglamento refuerza el rol de la Unidad de Análisis Económico y Financiero (UAFE), a la que autoriza a inmovilizar fondos hasta por 72 horas en casos urgentes. Además, mantiene la prohibición de realizar transacciones en efectivo iguales o superiores a $10.000, con el objetivo de frenar flujos ilícitos, recuperar activos y cumplir las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Creación del Conclaft

Uno de los cambios más relevantes es la creación del Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos (Conclaft), un organismo que articulará a entidades clave del Estado para enfrentar de manera conjunta los riesgos de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas.

El Conclaft estará presidido por un delegado del Ejecutivo e integrará a instituciones financieras, organismos de control y entidades de seguridad. Su funcionamiento se apoyará en comités especializados permanentes y temporales, con el fin de mejorar la coordinación interinstitucional y fortalecer la gobernanza del sistema antilavado en el país.

Exigencias para bancos y sectores económicos

El nuevo reglamento endurece las obligaciones para bancos, cooperativas y demás sujetos obligados, quienes deberán aplicar programas integrales de debida diligencia, control y monitoreo de operaciones financieras.

Establece umbrales de reporte diferenciados por sector económico, definidos en función de evaluaciones de riesgo, con el propósito de mejorar la efectividad del sistema de prevención de delitos financieros.

Control reforzado a personas expuestas políticamente

Otro eje central del Decreto 298 es el fortalecimiento del control sobre las personas expuestas políticamente (PEP). El reglamento obliga a los sujetos obligados a aplicar debida diligencia reforzada a funcionarios públicos, exautoridades, así como a sus familiares y colaboradores cercanos.

Estas medidas buscan prevenir el uso del sistema financiero para actos de corrupción o lavado de activos e incluyen la recopilación de información adicional sobre ingresos, cargos desempeñados y vínculos económicos.

Nuevas tareas para Aduana, SRI y control minero

El reglamento también asigna responsabilidades específicas a varias entidades del Estado. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tendrá un plazo de 30 días para emitir o actualizar la normativa secundaria relacionada con el Formulario de Registro Aduanero (FRA) y su implementación en los sistemas correspondientes.

En el mismo plazo, el Servicio de Rentas Internas deberá actualizar la normativa sobre el registro del beneficiario final de las personas jurídicas e implementar mecanismos tecnológicos que permitan la transferencia continua de información a la UAFE.

Por su parte, la Agencia de Regulación y Control Minero contará con 60 días para definir los criterios y fórmulas de valoración de metales y piedras preciosas, además de designar un punto focal permanente que fortalezca la coordinación interinstitucional y la prevención del lavado de activos en el sector minero.

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