La Secretaría General de la Asamblea Nacional devolvió al mandatario Daniel Noboa el Decreto Ejecutivo 500, con el cual encargó la Presidencia de la República a Cynthia Gellibert, desde mañana jueves 9 hasta el domingo 12 de enero.
“Por disposición de la presidenta de la Asamblea Nacional Encargada, se devuelve el oficio de la referencia, al no cumplir con lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución de la República y el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y porque lo señalado en el Decreto Ejecutivo Nro. 500 no se adecua al concepto de fuerza mayor o caso fortuito”, señaló el Parlamento.
El Legislativo recordó en un oficio que el artículo 146 de la Constitución de la República establece que: “En caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función durante un período máximo de tres meses, o la licencia concedida por la Asamblea Nacional.”
En este sentido, el Parlamento pidió a Noboa que, “en su calidad de Presidente de la República debe solicitar una licencia sin remuneración a esta Asamblea Nacional a fin de que esta resuelva negar o conceder la misma por ausencia temporal, de conformidad con lo prescrito en el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa”, reiteró el documento.
En el texto, la Asamblea citó el artículo 42, el cual señala que: “La presidenta o el presidente de la República podrá solicitar a la Asamblea Nacional licencia para ausentarse temporalmente de la Presidencia, por un período máximo de un mes. La Asamblea Nacional evaluará la solicitud y podrá aceptarla o negarla con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes. (…)”.
Este martes, al emitir el decreto 500, Noboa justificó que “la decisión se tomó ante la ambigüedad del pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE), y dados los inconmensurables supuestos que pueden aparecer por la percepción de cada ciudadano sobre los actos que realiza el presidente de la República”.
Al respecto, la Asamblea argumentó que, “de los considerandos que constan en el Decreto Ejecutivo Nro. 500 se desprende que existe una clara necesidad de solicitar una licencia sin remuneración conforme lo ordena la Constitución y la Ley”.
Este lunes, tres candidatos presidenciales acusaron a Noboa de cometer infracción electoral, algo que descartó el ministro de Gobierno, José de la Gasca, para quien “en ninguno de los casos el presidente ha violado ni la ley ni la Constitución”.
Mientras tanto, la mañana de este miércoles, el candidato a la Presidencia de la República por el partido Unidad Popular, Jorge Escala, presentó ante la Fiscalía General una denuncia contra Noboa y Gellibert, “por usurpación y simulación de funciones”.
Asimismo, pidió a la institución judicial que acepte el trámite e inicie las investigaciones de manera inmediata “para impedir que se cometan abusos y arbitrariedades”.
“Estamos pidiendo que, de manera inmediata, la Fiscalía acepte el trámite con el propósito de impedir que se cometa este abuso, esta arbitrariedad (…) estamos solicitando a la policía judicial que el día de mañana acuda a la Presidencia de la República para evitar que se haga efectivo este acto de vulneración a la Constitución y a la ley y en caso de que la señora Gellibert ocupe las funciones de la Presidencia, de manera inmediata sea detenida”, manifestó.