La académica Paulina Mogrovejo Rengel, quien integró el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (CORDICOM) calificó como. “Desproporción” la sentencia a 10 días de prisión del periodista Juan Sarmiento, tras criticar la gestión del Gobernador de Napo, Patricio Espíndola.
El 30 de julio de 2020, el representante del Ejecutivo en esa provincia presentó una denuncia penal contra Sarmiento, por daño moral, daño a la dignidad del hombre, y daño emocional. Sarmiento, quien en su cuenta en la red social Facebook, el 29 de mayo, cuestionó el manejo de Espíndola en el contexto de la pandemia del Covid-19, empleando términos como. “Bazofia humana” e “imbécil”, los cuales formaron parte del proceso judicial. En menos de 4 meses, la Corte Provincial de Justicia de Napo sentenció al periodista a cumplir 10 días de prisión, el pago del 25 por ciento de un salario básico unificado, y el pedido de disculpas públicas al gobernador.
Paulina Mogrovejo
Paulina Mogrovejo recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha recomendado al Ecuador la eliminación en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) de este tipo de tipificaciones. Pues las considera un atentado a la libertad de expresión. Si bien es cierto, reconoció que tanto la Constitución cuanto las leyes secundarias, garantizan los derechos humanos, a la honra y a la reputación, esos principios tienen restricciones en el caso de los servidores públicos, pues los funcionarios están expuestos a la crítica por su condición de tales. “Incluso el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, ha señalado que los insultos deben ser parte del discurso protegido”.
No obstante, Mogrovejo aclaró que otra cosa es la información falsa, maliciosa o temeraria que pueda afectar la imagen de una persona, lo cual debería ser protegido al nivel de una contravención.