Las personas que superen la fracción básica exenta que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha fijado para ese año en $ 11.722 deberán pagar el Impuesto a la Renta (IR), desde enero de 2023. Es decir, los trabajadores que ganen $ 976,83 mensuales.
Este miércoles 28 de diciembre, el SRI publicó la tabla actualizada del IR para el siguiente año. La base aumentó respecto de 2022.
De acuerdo con la resolución, los cambios se efectúan de acuerdo a las variaciones anuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Área Urbana, dictado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), a noviembre de 2022.
Impuesto a la Renta de las personas naturales 2023
Fracción básica ($) | Exceso hasta ($) | Impuesto fracción básica ($) | Impuesto fracción excedente (%) |
0 | 11.722 | 0 | 0 % |
11.722 | 14.935 | 0 | 5 % |
14.935 | 18.666 | 161 | 10 % |
18.666 | 22.418 | 534 | 12 % |
22.418 | 32.783 | 984 | 15 % |
32.783 | 43.147 | 2.539 | 20 % |
43.147 | 53.512 | 4.612 | 25 % |
53.512 | 63.876 | 7.203 | 30 % |
63.876 | 103.644 | 10.312 | 35 % |
103.644 | En adelante | 24.231 | 37 % |
El SRI también publicó la tabla actualizada para el pago de impuestos a herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos.
La entidad precisó que se actualizan los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, para la liquidación del impuesto a la renta por rentas generadas por herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio, a título gratuito, de bienes y derechos, correspondientes al ejercicio fiscal 2023.
Tabla actualizada
Fracción básica ($) | Exceso hasta ($) | Impuesto fracción básica ($) | Impuesto fracción excedente (%) |
0 | 75.402 | 0 | 0 % |
75.402 | 150.803 | 0 | 5 % |
150.803 | 301.607 | 3.770 | 10 % |
301.607 | 452.442 | 18.850 | 15 % |
452.442 | 603.266 | 41.476 | 20 % |
603.266 | 754.069 | 71.641 | 25 % |
754.069 | 904.852 | 109.341 | 30 % |
904.852 | En adelante | 154.576 | 35 % |