El proyecto de ley de reforma tributaria ingresará por el ministerio de la ley, explicó Libia Rivas, presidenta del Instituto de Estudios Legislativos. Así, recordó que, de acuerdo con el artículo 140 de la Constitución, el pleno de la Asamblea Nacional debe emitir un pronunciamiento expreso en sus resoluciones.
“En la práctica parlamentaria, la clave es saber hacer bien las mociones y conocer los efectos jurídicos que esas mociones generan”, enfatizó la experta. Con ello, recordó que el día de la sesión del pleno, las mociones para aprobar el proyecto de ley, para el informe de minoría y para su archivo, no alcanzaron los votos necesarios.
Para Rivas, la moción más importante era del archivo del proyecto de ley que lo mocionó la asambleísta Mireya Pazmiño. Así, con su aprobación, el pleno de la Asamblea Nacional se hubiese pronunciado y, con ese pronunciamiento, no ingresaba por el ministerio de la ley.
Los escenarios
Rivas recordó que la Asamblea Nacional llevó adelante un compromiso para tratar el proyecto de reforma tributaria. Sin embargo, al final permitió que este pase por el ministerio de la ley.
La analista legislativa recordó que, en el caso de los proyectos de ley ordinarios, si no existe una aprobación, quedan en el limbo porque estos no se someten al ministerio de la ley. Sin embargo, los proyectos económicos urgentes deben tener un pronunciamiento expreso sobre su aprobación o su archivo. “Si la moción no tiene los votos y no se aprueba el proyecto de ley, tampoco significa que lo niega. Debían aprobar la moción de Mireya Pazmiño”, enfatizó.
En ese sentido, dijo que si bien la moción del parlamentario Francisco Jiménez no pasó y, por tanto, no se aprobó, tampoco existe una negativa tácita.
Sobre el informe de minoría, Rivas señaló que el mismo debía adjuntar el proyecto de ley que remitiría al Ejecutivo para su veto o aprobación.