En debate en A Primera Hora, los juristas Ramiro García, expresidente del Colegio de Abogados de Pichincha, y Mauro Andino, experto en temas parlamentarios, analizaron la pugna política entre el Legislativo y el Ejecutivo. Tras la negativa del Consejo de Administración Legislativa (CAL) de calificar el proyecto de Ley Creando Oportunidades. En esa misma línea discutieron sobre la amenaza que significaría una posible muerte cruzada.
Según los juristas, una vez que existe muerte cruzada, deberá el Consejo Nacional Electoral (CNE) llamar a elecciones, desarrollar las mismas, realizar un balotaje si no existe decisión en primera vuelta y proclamar resultados. Es decir, el tiempo mínimo que transcurriría para conocer tanto a un nuevo presidente como a los nuevos legisladores sería de seis meses.
Para García, “en lo político nos pondría en un escenario de posiciones muy difíciles de conciliar”. En ello concordó Andino, quien agregó que “una potencial muerte cruzada nos conduce a un escenario jurídico, institucional y político de incalculables consecuencias”.
Los analistas acotaron que el camino más rápido lo tiene el Ejecutivo con una promulgación de un decreto ejecutivo. No así el pleno de la Asamblea Nacional que deberá tomar en cuenta el mismo periodo de tiempo que un juicio político.
Puntos contrapuestos
Para García, el CAL no podía rechazar el proyecto de ley porque no tiene la facultad de realizar un control previo de inconstitucionalidad, “ni la Corte Constitucional tiene esa atribución”, afirmó. Por el contrario, solo debía revisar criterios de admisibilidad. Con esa postura “entregó en bandeja de plata” la posibilidad de que el proyecto ingrese por el ministerio de la ley.
En ello no concordó Andino. Para el jurista, el artículo 136 de la Constitución señala que los proyectos se presentarán a la Asamblea, si el proyecto no reúne los requisitos no se tramitará. Así mismo, citó al artículo 126 que establece que la asamblea se regirá por la Ley Orgánica de la Función Legislativa y por el reglamento interno. Además, leyó el artículo 56 que explica que el CAL verificará el cumplimiento de los requisitos.