El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) realizó este jueves, 1 de mayo, la audiencia oral única de prueba y alegatos por la queja presentada por dirigentes de Unidad Popular y del Partido Social Cristiano (PSC) contra el presidente, Daniel Noboa, por una presunta infracción electoral.
La denuncia fue presentada por el director de Unidad Popular, Geovanni Atarihuana, y se centra en las actividades electorales realizadas por Noboa el 5 de enero, en el inicio de la campaña electoral para la primera vuelta, donde participó sin haber solicitado licencia del cargo como estipula el Código de la Democracia.
Ese día, Noboa salió al balcón del presidencial Palacio de Carondelet, en Quito, e «indujo al voto» a favor de su candidatura y la de sus asambleístas frente a simpatizantes que estaban en la plaza, según relató en la audiencia el abogado de Atarihuana, Luis Cueva.
Atarihuana compareció en la diligencia, mientras que Alfredo Serrano, del PSC, no se presentó, por lo que el juez de la causa, Joaquín Viteri, declaró el abandono de este último.
Como prueba, el denunciante presentó notas de prensa en las que se detallaba que Noboa dijo frases como “en cinco semanas venceremos y para eso necesitamos el apoyo de todos ustedes, una Asamblea que apoye y no dé trabas a cada uno de los proyectos del Ejecutivo”.
En lugar de Noboa, quien está en una gira internacional, acudieron sus abogados defensores para pedir que este proceso se archivara por «adolecer de pruebas y sustento jurídico».
La defensa del mandatario señaló la falta de pruebas para demostrar la presunta infracción electoral, es decir, que se haya inducido al voto.
Asimismo, los abogados cuestionaron que solo se hayan exhibido notas de prensa o extractos de videos en redes sociales.
Tras relatar las pruebas, Cueva pidió al juez Viteri que sancione al presidente por haber cometido una infracción electoral grave detallada en el numeral tres del artículo 278 del Código de la Democracia (ley electoral).
El juez Viteri deberá pronunciarse en primera instancia y cualquiera que sea su fallo será susceptible de apelación ante el Pleno del TCE.